C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210430-15)
Autorización gasto ayudas directas – Acuerdo de 28 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza un gasto por importe de 679.287.790 euros para la línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por el Gobierno de España, así como otro gasto por importe de 220.000.000 de euros correspondiente a la línea COVID complementaria de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por la Comunidad de Madrid, se aprueba el procedimiento de concesión directa y se procede a su convocatoria
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BOCM
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 102
Segundo
Autorizar un gasto por importe de 220.000.000 de euros para la Línea COVID complementaria de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por la Comunidad de
Madrid.
Este gasto se imputará al subconcepto 47300 “Empresas privadas” del Programa 241N
“Trabajo Autónomo, Economía Social y Responsabilidad Social en las Empresas”, de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2021.
Tercero
Aprobar el procedimiento de concesión directa de ayudas de la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España, que se inserta como Anexo I; proceder a su convocatoria, que se inserta como Anexo II; así como establecer el procedimiento de concesión directa para las ayudas complementarias de la Línea
COVID financiada por la Comunidad de Madrid, y proceder a su convocatoria que se inserta como Anexo III.
El titular de la Dirección General con competencias en materia de autónomos podrá
dictar cuantos actos adicionales sean necesarios para la adecuada aplicación de lo dispuesto en el presente acto.
El presente Acuerdo producirá efectos el mismo día de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra el apartado tercero del presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,
cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al
de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con
lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Madrid, a 28 de abril de 2021.
El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
PS, el Consejero de Hacienda y Función Pública
(Decreto 17/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta),
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
BOCM-20210430-15
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 102
Segundo
Autorizar un gasto por importe de 220.000.000 de euros para la Línea COVID complementaria de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por la Comunidad de
Madrid.
Este gasto se imputará al subconcepto 47300 “Empresas privadas” del Programa 241N
“Trabajo Autónomo, Economía Social y Responsabilidad Social en las Empresas”, de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2021.
Tercero
Aprobar el procedimiento de concesión directa de ayudas de la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España, que se inserta como Anexo I; proceder a su convocatoria, que se inserta como Anexo II; así como establecer el procedimiento de concesión directa para las ayudas complementarias de la Línea
COVID financiada por la Comunidad de Madrid, y proceder a su convocatoria que se inserta como Anexo III.
El titular de la Dirección General con competencias en materia de autónomos podrá
dictar cuantos actos adicionales sean necesarios para la adecuada aplicación de lo dispuesto en el presente acto.
El presente Acuerdo producirá efectos el mismo día de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra el apartado tercero del presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,
cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al
de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con
lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Madrid, a 28 de abril de 2021.
El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
PS, el Consejero de Hacienda y Función Pública
(Decreto 17/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta),
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
BOCM-20210430-15
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO