Madrid número 18 (BOCM-20210427-116)
Procedimiento 41/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 99

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE ABRIL DE 2021

Pág. 343

SEGUNDO En cuanto a la responsabilidad civil, según el artículo 116 del Código Penal, al no haber responsable criminalmente, no lo hay civilmente, y no procede señalar cantidad alguna por este concepto.
TERCERO En supuestos de absolución, procede declarar de oficio las costas procesales, según lo dispuesto en los artículos 123 del Código Penal y 239 y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Vistos los artículos citados y demás de pertinente aplicación.
FALLO
Que debo absolver y absuelvo a Marian Manea de un delito leve de coacciones, con
declaración de las costas de oficio.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de
Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.
Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia, acto seguidode dictarse
por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el
día de la fecha, de todo lo cual doy fe.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. MARGARITA GARCIA FERNANDEZ
expido y firmo la presente.
En Madrid, a 30 de marzo de 2021.

BOCM-20210427-116

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/11.607/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791