Galapagar (BOCM-20210427-69)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 276
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 99
La resolución de las reclamaciones previas a la vía civil, a las que hacen referencia
los artículos 120 y 122 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
g) La supervisión de la confección del Inventario de Bienes, Derechos y Obligaciones del Ayuntamiento, dictando las instrucciones que procedan al efecto.
h) La dirección de los servicios jurídicos municipales.
En materia de Urbanizaciones:
a) La preparación, diseño y desarrollo de las políticas públicas de apoyo a las urbanizaciones.
b) La gestión y atención de las necesidades de las urbanizaciones y el desarrollo de
planes de actuación para la mejora de las condiciones urbanísticas de las urbanizaciones del municipio.
Segundo.—Se delega a favor del concejal don Miguel Ángel Molina Pizarro la Concejalía-Delegada de Festejos, Infancia, Juventud, Participación Ciudadana y Transparencia,
que comprende:
En materia de Festejos:
Corresponderá la preparación y organización de las fiestas patronales, así como el apoyo al resto de celebraciones tradicionales del municipio. Se incluyen también las políticas
públicas de conservación y promoción de las tradiciones festivas.
En materia de Infancia:
El establecimiento de directrices de la política de Infancia del Ayuntamiento.
En materia de Juventud:
a) La representación del Ayuntamiento en los consejos de juventud que se constituyan.
b) El establecimiento de directrices de la política de Juventud del Ayuntamiento, lo
que incluye la dirección y organización de eventos relacionados con la gestión de
la política de Juventud.
c) La impartición de instrucciones de uso de las instalaciones y equipamientos destinados a la juventud, en conformidad con lo dispuesto en el reglamento de uso de
las instalaciones municipales.
En materia de Participación Ciudadana y Transparencia:
a) La política de atención al ciudadano y de participación ciudadana en la vida local,
incluida la relación con las asociaciones vecinales.
b) La resolución de los procedimientos derivados de las solicitudes de inscripción de
asociaciones vecinales en el registro municipal de asociaciones, así como la modificación de los datos inscritos y la baja de las asociaciones inscritas, así como
las políticas de participación ciudadana.
c) Las resoluciones de creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales.
d) La resolución de los procedimientos de alta y baja en el padrón municipal de habitantes, así como la aprobación de las modificaciones que se produzcan.
e) La resolución de los procedimientos de ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación reconocidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, que se refieran a los ficheros incluidos dentro del área de gobierno.
f) La resolución de los procedimientos de alta y baja en el registro municipal de uniones estables de pareja, así como sobre la modificación de los datos en él inscritos.
g) La gestión de las quejas y sugerencias que presenten los vecinos en relación con el
funcionamiento de la Administración municipal.
h) Corresponderá a esta Tenencia de Alcaldía la dirección política de la Oficina de
Atención al Ciudadano.
Tercero.—Esta resolución será efectiva desde el día de la fecha, y será hecha pública mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en
cumplimiento de lo que disponen los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986. Asimismo, esta resolución será notificada a los interesados para su aceptación, informándoles que,
de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986, la delegación se
entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles, contados desde la notificación, no realiza ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante.
BOCM-20210427-69
f)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 99
La resolución de las reclamaciones previas a la vía civil, a las que hacen referencia
los artículos 120 y 122 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
g) La supervisión de la confección del Inventario de Bienes, Derechos y Obligaciones del Ayuntamiento, dictando las instrucciones que procedan al efecto.
h) La dirección de los servicios jurídicos municipales.
En materia de Urbanizaciones:
a) La preparación, diseño y desarrollo de las políticas públicas de apoyo a las urbanizaciones.
b) La gestión y atención de las necesidades de las urbanizaciones y el desarrollo de
planes de actuación para la mejora de las condiciones urbanísticas de las urbanizaciones del municipio.
Segundo.—Se delega a favor del concejal don Miguel Ángel Molina Pizarro la Concejalía-Delegada de Festejos, Infancia, Juventud, Participación Ciudadana y Transparencia,
que comprende:
En materia de Festejos:
Corresponderá la preparación y organización de las fiestas patronales, así como el apoyo al resto de celebraciones tradicionales del municipio. Se incluyen también las políticas
públicas de conservación y promoción de las tradiciones festivas.
En materia de Infancia:
El establecimiento de directrices de la política de Infancia del Ayuntamiento.
En materia de Juventud:
a) La representación del Ayuntamiento en los consejos de juventud que se constituyan.
b) El establecimiento de directrices de la política de Juventud del Ayuntamiento, lo
que incluye la dirección y organización de eventos relacionados con la gestión de
la política de Juventud.
c) La impartición de instrucciones de uso de las instalaciones y equipamientos destinados a la juventud, en conformidad con lo dispuesto en el reglamento de uso de
las instalaciones municipales.
En materia de Participación Ciudadana y Transparencia:
a) La política de atención al ciudadano y de participación ciudadana en la vida local,
incluida la relación con las asociaciones vecinales.
b) La resolución de los procedimientos derivados de las solicitudes de inscripción de
asociaciones vecinales en el registro municipal de asociaciones, así como la modificación de los datos inscritos y la baja de las asociaciones inscritas, así como
las políticas de participación ciudadana.
c) Las resoluciones de creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales.
d) La resolución de los procedimientos de alta y baja en el padrón municipal de habitantes, así como la aprobación de las modificaciones que se produzcan.
e) La resolución de los procedimientos de ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación reconocidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, que se refieran a los ficheros incluidos dentro del área de gobierno.
f) La resolución de los procedimientos de alta y baja en el registro municipal de uniones estables de pareja, así como sobre la modificación de los datos en él inscritos.
g) La gestión de las quejas y sugerencias que presenten los vecinos en relación con el
funcionamiento de la Administración municipal.
h) Corresponderá a esta Tenencia de Alcaldía la dirección política de la Oficina de
Atención al Ciudadano.
Tercero.—Esta resolución será efectiva desde el día de la fecha, y será hecha pública mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en
cumplimiento de lo que disponen los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986. Asimismo, esta resolución será notificada a los interesados para su aceptación, informándoles que,
de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986, la delegación se
entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles, contados desde la notificación, no realiza ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante.
BOCM-20210427-69
f)