A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20210424-1)
Medidas limitaciones temporales frente COVID-19 – Decreto 32/2021, de 23 de abril, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se modifica el Decreto 27/2021, de 9 de abril, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen medidas temporales para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, del Consejo de Ministros, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 4
SÁBADO 24 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 97
DISPONGO
Artículo único
Modificación del Decreto 27/2021, de 9 de abril, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, por el que se establecen medidas temporales para hacer frente
a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre,
del Consejo de Ministros, por el que se declara el estado de alarma para contener
la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2
Se modifica la disposición final única, que queda redactada en los siguientes términos:
“Disposición final única.—Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor a las 00:00 horas del 12 de abril de 2021 y extenderá su vigencia hasta las 00:00 horas del 30 de abril de 2021.
Para los aspectos no previstos en este Decreto, mantiene plena vigencia el Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen las medidas de contención adoptadas para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma
para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, así como sus
modificaciones”.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 23 de abril de 2021.
DE LA
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20210424-1
(03/14.861/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 4
SÁBADO 24 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 97
DISPONGO
Artículo único
Modificación del Decreto 27/2021, de 9 de abril, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, por el que se establecen medidas temporales para hacer frente
a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre,
del Consejo de Ministros, por el que se declara el estado de alarma para contener
la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2
Se modifica la disposición final única, que queda redactada en los siguientes términos:
“Disposición final única.—Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor a las 00:00 horas del 12 de abril de 2021 y extenderá su vigencia hasta las 00:00 horas del 30 de abril de 2021.
Para los aspectos no previstos en este Decreto, mantiene plena vigencia el Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen las medidas de contención adoptadas para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma
para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, así como sus
modificaciones”.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 23 de abril de 2021.
DE LA
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20210424-1
(03/14.861/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791