Guadalix de la Sierra (BOCM-20210423-56)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 96

— Segundo ejercicio: Este ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal
con una puntuación entre cero y diez puntos. Posteriormente se sumarán las puntuaciones aportadas por cada miembro del Tribunal y se dividirán entre el número de asistentes del Tribunal, obteniéndose una calificación entre cero y diez puntos. Será preciso para aprobar este ejercicio alcanzar un mínimo de cinco puntos.
Aquellos/as aspirantes que no obtengan la puntuación mínima de cinco puntos
quedarán eliminados/as.
8.4. Calificación definitiva del proceso selectivo. La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno
de los ejercicios de la oposición. El Tribunal publicará la relación definitiva de aprobados
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: primero, mejor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición; segundo,
mejor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición De persistir el empate, por
orden alfabético del primer apellido de los/as aspirantes empatados/as, de conformidad con
la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.
La puntuación en fase de oposición es de 20 puntos (10 de cada ejercicio).
9. Presentación de documentos.—9.1. Los aspirantes propuestos aportarán al Departamento de Personal los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las Bases:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, para los aspirantes de nacionalidad española. Para los aspirantes de otra nacionalidad, fotocopia del documento
que acredite su nacionalidad.
b) Copia autenticada o fotocopia (que deberá acompañarse del original para su compulsa) del Título a que se refiere la Base 2.e), o justificante de haber abonado los
derechos para su expedición. En el supuesto de haber invocado un título equivalente a los exigidos, habrá de acompañarse un certificado que acredite la citada
equivalencia. Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha en
que finalizó el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en
que concluyeron los estudios.
c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias de la categoría a la que se accede, expedido por un Colegiado en ejercicio.
d) Declaración responsable o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
9.2. Plazo. El plazo de presentación de documentos será de veinte días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista definitiva de aprobados.
9.3. Falta de presentación de documentos. Quienes dentro del plazo indicado en el
apartado 9.2, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que
pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
10. Nombramiento como funcionario de carrera.—Concluido el proceso selectivo,
quienes lo hubieran superado y acrediten que reúnen los requisitos exigidos, será nombrado funcionario de carrera por resolución de Alcaldía. Los nombramientos deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
11. Toma de posesión.—11.1. Plazo. El aspirante nombrado funcionario de carrera deberá tomar posesión en el plazo máximo de treinta días naturales a contar desde la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo comunicar al Departamento de Personal con al menos tres días hábiles de antelación
la fecha en que dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior tomarán posesión como
funcionario de carrera.
11.2. Forma. Para la toma de posesión, los interesados comparecerán durante cualquiera de los días expresados en el apartado anterior, y en horario de nueve de la mañana a
dos de la tarde, en el Departamento de Personal, en cuyo momento, y como requisitos previos a la extensión de la diligencia que la constate, deberán prestar el juramento o promesa

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