Guadalix de la Sierra (BOCM-20210423-56)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021

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6. Sistema selectivo.—El sistema selectivo será el de oposición, y constará de los siguientes ejercicios:
— Primer ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito dos temas que se determinarán por el Tribunal, extraídos del programa que figura como Anexo I a estas bases. El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas. En el desarrollo del mismo no podrá utilizarse ningún libro o material de consulta. El
Tribunal no podrá abrir diálogo alguno con el/la opositor/a. Se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas, así como la calidad de la expresión
escrita y la forma de presentación y exposición.
— Segundo ejercicio: consistirá en resolver por escrito un supuesto práctico, que determinará el Tribunal al inicio del ejercicio, relacionado con las materias de los
Grupos II y III del programa que figura como Anexo I a estas bases. La duración
del ejercicio será de tres horas. Los/las aspirantes podrán hacer uso de los textos
legales y libros de consulta de los que acudan provistos. Se valorarán el rigor analítico, así como los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados a la resolución de los supuestos prácticos.

— Primer ejercicio: Los/las aspirantes serán puntuados/as por cada miembro del Tribunal con dos notas, una por cada tema, entre cero y diez puntos. Posteriormente,
la suma de las calificaciones parciales aportadas por cada miembro del Tribunal
para cada uno de los temas se dividirá entre el número de asistentes del Tribunal,
obteniéndose una calificación entre cero y diez puntos, una para cada uno de los
temas. Será preciso para aprobar este ejercicio alcanzar un mínimo de cinco puntos en cada una de estas calificaciones parciales. Por último, se dividirá entre dos
la suma de las calificaciones obtenidas en cada tema para obtener la calificación
final del ejercicio.

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7. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.—7.1. El programa que ha de
regir las pruebas selectivas es el que se publica como Anexo a estas Bases. En el supuesto
de que con posterioridad a la aprobación de estas Bases se modificara la normativa incluida en el programa, las referencias normativas en él contenidas se entenderán efectuadas a
las que en cada momento resulten de aplicación.
7.2. Calendario de realización de las pruebas. La fecha, hora y lugar de celebración
del primer ejercicio de las pruebas selectivas se dará a conocer junto con la publicación de
la lista de excluidos, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, o en el tablón de anuncios o en la sede electrónica del Ayuntamiento, con cuarenta y ocho horas al menos de antelación al comienzo de la prueba.
7.3. Identificación de los aspirantes. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte en vigor o documento equivalente para los aspirantes no nacionales. En la realización de los ejercicios se garantizará, siempre que sea posible,
el anonimato de los aspirantes.
7.4. Llamamientos, orden de actuación de los aspirantes. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor, invocados
con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios,
en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho
a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluidos, en su consecuencia, del
procedimiento selectivo. El orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el opositor cuyo primer apellido comience por la letra que determine el sorteo anual
realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública, a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.
8. Calificación del proceso selectivo.—8.1. Normas generales. Los ejercicios de la
oposición serán eliminatorios y puntuables hasta un máximo de diez puntos cada uno, siendo eliminados/as los/las aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno
de ellos. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido de
conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba selectiva, garantizando en todo caso, la idoneidad de los/las aspirantes seleccionados/as.
8.2. Calificación de los ejercicios. Las calificaciones para cada uno de los ejercicios
de la oposición se otorgarán como sigue: