D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA (BOCM-20210423-17)
Autorización ocupación temporal – Orden 140/2021, de 22 de abril, de la Consejería de Presidencia, por la que se acuerda la autorización de ocupación temporal de la Plaza de Toros de las Ventas de Madrid a favor de la Fundación del Toro de Lidia, para la celebración de un festejo taurino benéfico el 2 de mayo de 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021
Pág. 107
DISPONGO
Primero
Autorizar la ocupación temporal del inmueble denominado plaza de toros de las Ventas de Madrid, sito en la calle de Alcalá, número 237 (28028 Madrid), a favor de la Fundación del Toro de Lidia, para la celebración el día 2 de mayo de 2021 de un festejo taurino
benéfico.
Segundo
La presente Orden, junto con su Anexo, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y se anotará en el Inventario General de Bienes y Derechos de la
Comunidad de Madrid.
Tercero
Notificar esta Orden a la Fundación del Toro de Lidia.
ANEXO
CONDICIONES A LAS QUE SE SUJETA LA AUTORIZACIÓN
DE OCUPACIÓN TEMPORAL DE LA PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS
DE MADRID A FAVOR DE LA FUNDACIÓN DEL TORO DE LIDIA
Primera
Objeto de la autorización
1. Se autoriza la ocupación temporal de la plaza de toros de las Ventas de Madrid por
la Fundación del Toro de Lidia para la celebración de un festejo taurino, de carácter benéfico, el 2 de mayo de 2021.
2. Tal y como consta en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad de Madrid con el número de referencia 856-Edificio-Plaza de Toros-“Las Ventas”, el
citado inmueble, con la naturaleza de bien de dominio público, es propiedad de la Comunidad de Madrid en virtud de Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Así figura inscrito en el Registro de la Propiedad de
Madrid y en el Catastro Inmobiliario con la referencia 3861901VK4736B0001YD.
Tercera
Características del festejo taurino benéfico a realizar
1. El festejo se celebrará con un cartel compuesto por un rejoneador, cinco matadores de toros y un novillero que, junto con la ganadería perteneciente a diferentes hierros, colaborarán de manera altruista y desinteresada.
2. El referido festejo taurino cumplirá todos los requisitos y determinaciones establecidas en la vigente normativa sobre celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en la Comunidad de Madrid, en especial la relativa a los espectáculos taurinos.
Cuarta
Obtención de licencias y permisos
El beneficiario de la presente autorización deberá obtener cuantas licencias y autorizaciones sean necesarias para el uso del bien o la actividad a realizar en el mismo. La Comunidad de Madrid queda exonerada de toda responsabilidad si, por cualquier causa, los orga-
BOCM-20210423-17
Segunda
Finalidad
1. El inmueble objeto de la cesión solo podrá ser utilizado por la Fundación del Toro
de Lidia para la celebración el día 2 de mayo de 2021 de un festejo taurino benéfico.
2. Queda prohibida la utilización del inmueble para otros usos distintos de los que se
han fijado en esta autorización de ocupación temporal y en cualquier caso el cambio de uso
deberá ser autorizado por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, mediante petición expresa de la Fundación del Toro de Lidia.
Cualquier uso distinto sin autorización de la Comunidad de Madrid dará lugar a la revocación de esta autorización, con derecho a exigir, previa tasación, el valor de los daños y
perjuicios causados.
B.O.C.M. Núm. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021
Pág. 107
DISPONGO
Primero
Autorizar la ocupación temporal del inmueble denominado plaza de toros de las Ventas de Madrid, sito en la calle de Alcalá, número 237 (28028 Madrid), a favor de la Fundación del Toro de Lidia, para la celebración el día 2 de mayo de 2021 de un festejo taurino
benéfico.
Segundo
La presente Orden, junto con su Anexo, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y se anotará en el Inventario General de Bienes y Derechos de la
Comunidad de Madrid.
Tercero
Notificar esta Orden a la Fundación del Toro de Lidia.
ANEXO
CONDICIONES A LAS QUE SE SUJETA LA AUTORIZACIÓN
DE OCUPACIÓN TEMPORAL DE LA PLAZA DE TOROS DE LAS VENTAS
DE MADRID A FAVOR DE LA FUNDACIÓN DEL TORO DE LIDIA
Primera
Objeto de la autorización
1. Se autoriza la ocupación temporal de la plaza de toros de las Ventas de Madrid por
la Fundación del Toro de Lidia para la celebración de un festejo taurino, de carácter benéfico, el 2 de mayo de 2021.
2. Tal y como consta en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad de Madrid con el número de referencia 856-Edificio-Plaza de Toros-“Las Ventas”, el
citado inmueble, con la naturaleza de bien de dominio público, es propiedad de la Comunidad de Madrid en virtud de Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Así figura inscrito en el Registro de la Propiedad de
Madrid y en el Catastro Inmobiliario con la referencia 3861901VK4736B0001YD.
Tercera
Características del festejo taurino benéfico a realizar
1. El festejo se celebrará con un cartel compuesto por un rejoneador, cinco matadores de toros y un novillero que, junto con la ganadería perteneciente a diferentes hierros, colaborarán de manera altruista y desinteresada.
2. El referido festejo taurino cumplirá todos los requisitos y determinaciones establecidas en la vigente normativa sobre celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en la Comunidad de Madrid, en especial la relativa a los espectáculos taurinos.
Cuarta
Obtención de licencias y permisos
El beneficiario de la presente autorización deberá obtener cuantas licencias y autorizaciones sean necesarias para el uso del bien o la actividad a realizar en el mismo. La Comunidad de Madrid queda exonerada de toda responsabilidad si, por cualquier causa, los orga-
BOCM-20210423-17
Segunda
Finalidad
1. El inmueble objeto de la cesión solo podrá ser utilizado por la Fundación del Toro
de Lidia para la celebración el día 2 de mayo de 2021 de un festejo taurino benéfico.
2. Queda prohibida la utilización del inmueble para otros usos distintos de los que se
han fijado en esta autorización de ocupación temporal y en cualquier caso el cambio de uso
deberá ser autorizado por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, mediante petición expresa de la Fundación del Toro de Lidia.
Cualquier uso distinto sin autorización de la Comunidad de Madrid dará lugar a la revocación de esta autorización, con derecho a exigir, previa tasación, el valor de los daños y
perjuicios causados.