Madrid número 34 (BOCM-20210422-173)
Procedimiento 1108/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021

Pág. 331

8.- Se informa a las partes que existe en la primera planta de los Juzgados de lo Social
de Madrid, en la calle Princesa, nº 3, dentro del servicio denominado de mediación laboral
intrajudicial, destinado a la orientación jurídica, Servicio de Mediación y Orientación al que
podrán acudir las partes los Martes y Jueves de 09:00 horas a 14:00 horas, atendido por mediadores capacitados para facilitar la comunicación entre las partes del conflicto, con formación especializada y específica para intentar que se produzca una solución extrajudicial
al conflicto planteado. (Teléfono 917889380, extensión 1991 y Fax 911822670).
AUTO
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo admitir la prueba solicitada y a tal efecto:
1º.-Respecto a la PRUEBA DE INTERROGATORIO DE LA PARTE DEMANDADA interesada en el escrito de demanda, requiérase al representante legal de la misma para
que comparezca el día de la vista oral. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá
de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los
hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación a juicio. Si tal persona no formarse parte ya de la entidad, podrá solicitarse que se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose que, en caso de no cumplir lo
anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá
considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las
preguntas, y todo ello bajo el apercibimiento de que caso de no comparecer podrán considerarse reconocidos como ciertos, en la sentencia los hechos a que se refieran las preguntas, siempre que el interrogado hubiese intervenido en ellos personalmente y su fijación
como ciertos le resultare perjudicial en todo o en parte.
Además le será impuesta, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículo 304, en relación con art. 292.4, de la LEC).
2º.- Respecto a la DOCUMENTAL no ha lugar por estar a disposición de la parte proponente.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ.
En Madrid, a veinticinco de enero de dos mil veintiuno.
Visto el estado de las presentes actuaciones, se señala para la celebración de los actos
de conciliación si procediera, y juicio en su caso, la audiencia del día 19/05/2021, a las
10:00 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en la C/ Princesa,
3, Planta 9 - 28008, debiendo citarse a las partes, con entrega al/los demandado/s, y en su
caso a los demás interesados, de copia de la demanda y documentos aportados.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.082/21)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210422-173

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESPECIALISTAS EN
MONTAJES REFORMAS Y MANTENIMIENTO SL, en ignorado paradero, expido el
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.