Coslada (BOCM-20210422-37)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 95

Los puestos de trabajo incluidos en las respectivas convocatorias no podrán declararse desiertos cuando existan concursantes que, habiéndolos solicitado, hayan obtenido la
puntuación mínima exigida.
4. Calificación final
La calificación final será la resultante de las sumas de las calificaciones obtenidas en
cada uno de los apartados del baremo.
5. Plazo de presentación de instancias y documentación
Las solicitudes para tomar parte en este proceso se presentarán, en el plazo de quince
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Las mismas se presentarán en el Registro General
del Ayuntamiento de Coslada. También podrán presentarse mediante las distintas formas
que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Al escrito de solicitud se acompañará
la documentación acreditativa de los méritos de conformidad con lo establecido en las Bases generales para la provisión de puestos.
6. Nombramiento y plazo de toma de posesión
Nombramiento: El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de tres meses
desde la finalización del plazo de presentación de instancias, sin perjuicio de su ampliación
o suspensión conforme a la legislación vigente.
Toma de posesión: La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la notificación de la resolución. El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidas a los
interesados.
7. Destinos
Los interesados podrán desistir total o parcialmente de su solicitud de participación en el
presente concurso de méritos hasta el día anterior a la fecha de la resolución del concurso.
Los destinos adjudicados en este concurso serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Los traslados que se deriven de la resolución del concurso tendrán la consideración
de voluntarios.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante Junta de Gobierno, en el término de un
mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante
LPAC).
II. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos
meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID (artículos 8.1, 14.1.2.a, 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).

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8. Recursos