Coslada (BOCM-20210422-37)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
Pág. 149
3.1.5. Los requisitos especiales o indispensables para el desempeño de cada puesto o
grupo de puestos, y concretamente la titulación requerida, y el puesto de trabajo de acceso.
3.1.6. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas.
3.2. Anuncio de las Bases.
3.2.1. La vacante se convocará mediante anuncio publicado en el “Boletín Oficial
del Estado”. Las Bases Específicas se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y además:
1.o En los tablones de los centros de trabajo de los puestos de acceso.
2.o Se enviará copia a las Secciones Sindicales.
3.o Se publicará en la web municipal todo el proceso.
3.3. Vinculación de las condiciones.
Las condiciones de los puestos detallados en las Convocatorias y sus correspondientes
anuncios lo serán a título meramente informativo sin que creen estado ni derechos en los/as
aspirantes, ya que estas condiciones se establecen jurídicamente por medio del Convenio
Colectivo, la plantilla oficial y la Relación de Puestos de Trabajo que aprueba anualmente
y modifica el Pleno de la Corporación Municipal, documentos ambos que sí vinculan al
Ayuntamiento.
4.1. Los/as interesados/as deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño del puesto de trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que
para el mismo figuren en las Bases Específicas para la provisión del puesto definitivo.
4.2. Tanto los requisitos como las condiciones de participación habrán de mantenerse hasta la resolución del procedimiento.
4.3. Para ser admitido/a a la realización de proceso selectivo, los/as aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos básicos:
a) Ser empleado/a del Ayuntamiento de Coslada, con el carácter de funcionario/a de
carrera en propiedad, con una antigüedad mínima de dos años.
b) Estar en cualquiera de las situaciones administrativas reguladas en el art. 85 del
RDL 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, excepto los suspensos en firme.
c) Estar en posesión de la titulación académica que se determine en las Bases Específicas para la provisión del puesto o grupo de puestos.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas (art. 56 b) del
RDL 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público).
e) Pertenecer al mismo Grupo y/o Subgrupo (el itinerario irá en función del puesto
que se convoque) de clasificación profesional.
Las Bases Específicas podrán especificar o ampliar estos requisitos siempre que sean necesarios para el desempeño del puesto de trabajo (por ejemplo en cuanto al carnet de conducir).
No podrán participar los/as funcionarios/as que no lleven dos años desde el anterior
puesto definitivo, es decir deberán permanecer en cada puesto de trabajo un mínimo de dos
años para poder participar en un nuevo concurso de provisión de puesto de trabajo, todo
ello con la finalidad de dotar de cierta estabilidad al desempeño de los puestos de trabajo,
con una evidente finalidad de eficacia en la prestación de los servicios públicos y a tenor
del art. 20 de la Ley 30/1984. El cómputo de los dos años se realizará desde el día de acceso al último puesto de trabajo ocupado hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.4. Cuando así se establezca en la Relación de Puestos de Trabajo y en las bases específicas de la correspondiente convocatoria, podrán participar en el proceso los/as funcionarios/as de carrera de otras Administraciones Públicas, tanto del Estado, como de Comunidades Autónomas y Administración Local, así como Funcionarios/as de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, siempre que su Cuerpo, Escala o Especialidad
sea considerado como equivalente a la Escala, Subescala y/o Categoría del puesto convocado. Podrán participar, cualquiera que sea su situación administrativa a excepción de la
suspensión de funciones, cuando reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos
BOCM-20210422-37
4. Requisitos de los/as aspirantes
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
Pág. 149
3.1.5. Los requisitos especiales o indispensables para el desempeño de cada puesto o
grupo de puestos, y concretamente la titulación requerida, y el puesto de trabajo de acceso.
3.1.6. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas.
3.2. Anuncio de las Bases.
3.2.1. La vacante se convocará mediante anuncio publicado en el “Boletín Oficial
del Estado”. Las Bases Específicas se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y además:
1.o En los tablones de los centros de trabajo de los puestos de acceso.
2.o Se enviará copia a las Secciones Sindicales.
3.o Se publicará en la web municipal todo el proceso.
3.3. Vinculación de las condiciones.
Las condiciones de los puestos detallados en las Convocatorias y sus correspondientes
anuncios lo serán a título meramente informativo sin que creen estado ni derechos en los/as
aspirantes, ya que estas condiciones se establecen jurídicamente por medio del Convenio
Colectivo, la plantilla oficial y la Relación de Puestos de Trabajo que aprueba anualmente
y modifica el Pleno de la Corporación Municipal, documentos ambos que sí vinculan al
Ayuntamiento.
4.1. Los/as interesados/as deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño del puesto de trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que
para el mismo figuren en las Bases Específicas para la provisión del puesto definitivo.
4.2. Tanto los requisitos como las condiciones de participación habrán de mantenerse hasta la resolución del procedimiento.
4.3. Para ser admitido/a a la realización de proceso selectivo, los/as aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos básicos:
a) Ser empleado/a del Ayuntamiento de Coslada, con el carácter de funcionario/a de
carrera en propiedad, con una antigüedad mínima de dos años.
b) Estar en cualquiera de las situaciones administrativas reguladas en el art. 85 del
RDL 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, excepto los suspensos en firme.
c) Estar en posesión de la titulación académica que se determine en las Bases Específicas para la provisión del puesto o grupo de puestos.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas (art. 56 b) del
RDL 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público).
e) Pertenecer al mismo Grupo y/o Subgrupo (el itinerario irá en función del puesto
que se convoque) de clasificación profesional.
Las Bases Específicas podrán especificar o ampliar estos requisitos siempre que sean necesarios para el desempeño del puesto de trabajo (por ejemplo en cuanto al carnet de conducir).
No podrán participar los/as funcionarios/as que no lleven dos años desde el anterior
puesto definitivo, es decir deberán permanecer en cada puesto de trabajo un mínimo de dos
años para poder participar en un nuevo concurso de provisión de puesto de trabajo, todo
ello con la finalidad de dotar de cierta estabilidad al desempeño de los puestos de trabajo,
con una evidente finalidad de eficacia en la prestación de los servicios públicos y a tenor
del art. 20 de la Ley 30/1984. El cómputo de los dos años se realizará desde el día de acceso al último puesto de trabajo ocupado hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.4. Cuando así se establezca en la Relación de Puestos de Trabajo y en las bases específicas de la correspondiente convocatoria, podrán participar en el proceso los/as funcionarios/as de carrera de otras Administraciones Públicas, tanto del Estado, como de Comunidades Autónomas y Administración Local, así como Funcionarios/as de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, siempre que su Cuerpo, Escala o Especialidad
sea considerado como equivalente a la Escala, Subescala y/o Categoría del puesto convocado. Podrán participar, cualquiera que sea su situación administrativa a excepción de la
suspensión de funciones, cuando reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos
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4. Requisitos de los/as aspirantes