Coslada (BOCM-20210422-37)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 148
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 95
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37
COSLADA
OFERTAS DE EMPLEO
Por Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 6 de abril de 2021, se adoptó el siguiente acuerdo: Aprobar las Bases Generales para la provisión de puestos de trabajo de carácter funcionarial del Ayuntamiento de Coslada mediante concurso, quedando redactadas
de la siguiente manera:
BASES GENERALES PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
DE PUESTOS DE CARÁCTER FUNCIONARIAL MEDIANTE CONCURSO
1. Objeto y ámbito de aplicación
El objeto de las presentes bases generales es la regulación del procedimiento a seguir,
basado en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, para la provisión de
puestos de trabajo de carácter definitivo mediante concurso incluidos en la relación de puestos de trabajo (RPT), consistente en la valoración de los méritos especificados en las bases
específicas, modalidad que se encuentra recogida en el art. 16 b) del RDL 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Régimen legal aplicable
Esta provisión de puestos de carácter funcionarial se desarrollarán de conformidad con
estas Bases Generales, siempre que no contradigan lo dispuesto en el RDL 5/2015, de 30
de octubre, del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18
de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y
de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado.
La Junta de Gobierno Local o la Concejalía de Personal, en virtud de la delegación realizada por el Alcalde-Presidente, aprobará las Bases Específicas que complementen a estas
Bases Generales para cada puesto o grupo de puestos.
La Resolución se tomará previa información a los grupos políticos presentes en el
Ayuntamiento y a las Secciones Sindicales con representación legal en esta Entidad, estableciéndose un plazo de 7 días naturales para la presentación de alegaciones.
3.1. Contenido.
Las Bases Específicas detallarán:
3.1.1. Las características y condiciones del puesto a cubrir, con la denominación, nivel, descripción y localización, es decir Unidad o Departamento al que está adscrito, de los
puestos de trabajo.
3.1.2. El sistema de selección: concurso de méritos especificando cuáles van a valorarse.
3.1.3. El baremo de calificación de los méritos del concurso en los que se valorarán
los méritos adecuados a las características de los puestos ofrecidos, así como la posesión de
un determinado grado personal, la valoración del trabajo desarrollado, los cursos de formación y perfeccionamiento superados y la antigüedad, de acuerdo con los criterios establecidos en el art. 44 y 45 del Real Decreto 364/1995.
3.1.4. El sistema de calificación global o final de la selección.
BOCM-20210422-37
3. Aprobación de bases específicas
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 148
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 95
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37
COSLADA
OFERTAS DE EMPLEO
Por Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 6 de abril de 2021, se adoptó el siguiente acuerdo: Aprobar las Bases Generales para la provisión de puestos de trabajo de carácter funcionarial del Ayuntamiento de Coslada mediante concurso, quedando redactadas
de la siguiente manera:
BASES GENERALES PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
DE PUESTOS DE CARÁCTER FUNCIONARIAL MEDIANTE CONCURSO
1. Objeto y ámbito de aplicación
El objeto de las presentes bases generales es la regulación del procedimiento a seguir,
basado en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, para la provisión de
puestos de trabajo de carácter definitivo mediante concurso incluidos en la relación de puestos de trabajo (RPT), consistente en la valoración de los méritos especificados en las bases
específicas, modalidad que se encuentra recogida en el art. 16 b) del RDL 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Régimen legal aplicable
Esta provisión de puestos de carácter funcionarial se desarrollarán de conformidad con
estas Bases Generales, siempre que no contradigan lo dispuesto en el RDL 5/2015, de 30
de octubre, del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18
de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y
de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado.
La Junta de Gobierno Local o la Concejalía de Personal, en virtud de la delegación realizada por el Alcalde-Presidente, aprobará las Bases Específicas que complementen a estas
Bases Generales para cada puesto o grupo de puestos.
La Resolución se tomará previa información a los grupos políticos presentes en el
Ayuntamiento y a las Secciones Sindicales con representación legal en esta Entidad, estableciéndose un plazo de 7 días naturales para la presentación de alegaciones.
3.1. Contenido.
Las Bases Específicas detallarán:
3.1.1. Las características y condiciones del puesto a cubrir, con la denominación, nivel, descripción y localización, es decir Unidad o Departamento al que está adscrito, de los
puestos de trabajo.
3.1.2. El sistema de selección: concurso de méritos especificando cuáles van a valorarse.
3.1.3. El baremo de calificación de los méritos del concurso en los que se valorarán
los méritos adecuados a las características de los puestos ofrecidos, así como la posesión de
un determinado grado personal, la valoración del trabajo desarrollado, los cursos de formación y perfeccionamiento superados y la antigüedad, de acuerdo con los criterios establecidos en el art. 44 y 45 del Real Decreto 364/1995.
3.1.4. El sistema de calificación global o final de la selección.
BOCM-20210422-37
3. Aprobación de bases específicas