Alcobendas (BOCM-20210422-33)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
Pág. 141
6. Procedimiento selectivo
El procedimiento selectivo será el de concurso-oposición: Por razones de eficacia
administrativa, entendida esta en su aspecto de buen funcionamiento organizativo del
Ayuntamiento, podrá alterarse el orden de celebración de las fases del procedimiento selectivo. Esta decisión deberá ser debidamente motivada.
6.1. Fase oposición:
Calificación de la fase de Oposición: La calificación final de la fase de Oposición será
de un máximo de 55 puntos.
Constará de los siguientes ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Prueba de tipo test consistente en responder una serie de preguntas
(según grupo profesional) con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, sobre la totalidad del temario indicado (según grupo profesional). Temario común y temario específico.
El número de preguntas de este ejercicio será el siguiente:
— Subgrupo A1: 90 preguntas.
— Subgrupo A2: 80 preguntas.
— Subgrupo C1: 70 preguntas.
— Subgrupo C2: 60 preguntas.
El cuestionario se calificará de acuerdo a los siguientes criterios:
— Las respuestas acertadas puntuarán en función del número de preguntas:
d 90 preguntas: 0,611.
d 80 preguntas: 0,688.
d 70 preguntas: 0,786.
d 60 preguntas: 0.917.
— Las respuestas erróneas no puntuarán negativamente.
— Las respuestas no contestadas no puntuarán ni positiva ni negativamente.
— La duración máxima de esta prueba será la siguiente.
d 90 preguntas: 100 minutos.
d 80 preguntas: 90 minutos.
d 70 preguntas: 80 minutos.
d 60 preguntas: 70 minutos.
Segundo ejercicio: Prueba específica de carácter práctico relacionada con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo.
La duración máxima de este ejercicio será de 2 horas.
Para las Plazas correspondientes al Grupo C, Subgrupo C2 Subalternos, Personal de
Oficios, Servicios Especiales, Operarios, Conserjes, Conductores, Notificadores y Mensajeros el proceso constará tan solo del primer ejercicio.
6.2. Fase concurso:
Calificación de la fase de Concurso: La calificación final de la fase de Concurso será
de un máximo de 45 puntos.
En esta fase, se valorará los méritos que hayan sido acreditados en la forma prevista
en el baremo que se relacione en las bases específicas.
Consistirá en la valoración de méritos relativos a la experiencia y formación.
Para la valoración de los méritos se tendrá que adjuntar la Ficha de Autobaremación
que aparece anexada en las correspondientes Bases Específicas.
BOCM-20210422-33
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran las circunstancias previstas en el Artículo 23 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; o si hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las correspondientes bases específicas de convocatoria.
Cuando el proceso selectivo así lo requiera el Tribunal podrá disponer la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021
Pág. 141
6. Procedimiento selectivo
El procedimiento selectivo será el de concurso-oposición: Por razones de eficacia
administrativa, entendida esta en su aspecto de buen funcionamiento organizativo del
Ayuntamiento, podrá alterarse el orden de celebración de las fases del procedimiento selectivo. Esta decisión deberá ser debidamente motivada.
6.1. Fase oposición:
Calificación de la fase de Oposición: La calificación final de la fase de Oposición será
de un máximo de 55 puntos.
Constará de los siguientes ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Prueba de tipo test consistente en responder una serie de preguntas
(según grupo profesional) con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, sobre la totalidad del temario indicado (según grupo profesional). Temario común y temario específico.
El número de preguntas de este ejercicio será el siguiente:
— Subgrupo A1: 90 preguntas.
— Subgrupo A2: 80 preguntas.
— Subgrupo C1: 70 preguntas.
— Subgrupo C2: 60 preguntas.
El cuestionario se calificará de acuerdo a los siguientes criterios:
— Las respuestas acertadas puntuarán en función del número de preguntas:
d 90 preguntas: 0,611.
d 80 preguntas: 0,688.
d 70 preguntas: 0,786.
d 60 preguntas: 0.917.
— Las respuestas erróneas no puntuarán negativamente.
— Las respuestas no contestadas no puntuarán ni positiva ni negativamente.
— La duración máxima de esta prueba será la siguiente.
d 90 preguntas: 100 minutos.
d 80 preguntas: 90 minutos.
d 70 preguntas: 80 minutos.
d 60 preguntas: 70 minutos.
Segundo ejercicio: Prueba específica de carácter práctico relacionada con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo.
La duración máxima de este ejercicio será de 2 horas.
Para las Plazas correspondientes al Grupo C, Subgrupo C2 Subalternos, Personal de
Oficios, Servicios Especiales, Operarios, Conserjes, Conductores, Notificadores y Mensajeros el proceso constará tan solo del primer ejercicio.
6.2. Fase concurso:
Calificación de la fase de Concurso: La calificación final de la fase de Concurso será
de un máximo de 45 puntos.
En esta fase, se valorará los méritos que hayan sido acreditados en la forma prevista
en el baremo que se relacione en las bases específicas.
Consistirá en la valoración de méritos relativos a la experiencia y formación.
Para la valoración de los méritos se tendrá que adjuntar la Ficha de Autobaremación
que aparece anexada en las correspondientes Bases Específicas.
BOCM-20210422-33
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran las circunstancias previstas en el Artículo 23 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; o si hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las correspondientes bases específicas de convocatoria.
Cuando el proceso selectivo así lo requiera el Tribunal podrá disponer la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.