El Berrueco (BOCM-20210421-43)
Urbanismo. Estudio Detalle UE-10 El Egio
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
Pág. 207
Los terrenos afectados por la UE-10, se sitúan al sureste del casco urbano de El Berrueco, en el entorno situado la calle Egio, al suroeste, calle Prados, al noroeste, y el Arroyo de Los Huertos de la localidad, al sureste. Véase Plano I.1. Situación.
Se trata de un suelo urbano no consolidado con resultado de parcelación para uso residencial, con la ordenanza de Transición de Ensanche TE-1.160 (parcela mínima:160 m2),
TE-2.200 (parcela mínima:200 m2), y TE-3.260 (parcela mínima: 260 m2).
Documentación de la ordenación
2.1. Memoria justificativa:
2.1.1. Justificación y conveniencia de su redacción y de la procedencia de la solución adoptada:
El presente Estudio de Detalle se redacta a instancias de su promotor, la Junta
de Compensación UE-10 “El Egio”, estando justificado por la próxima actuación urbanizadora.
La justificación del presente Estudio de Detalle es la siguiente:
— Asumir la Ordenación y Zonificación propuestas por la Modificación
Puntual con Ordenación Pormenorizada de las Normas Subsidiarias Municipales de 1997, en el ámbito de la UE-10 “El Egio”, aprobada en 2019.
Véase Plano I.2. Ordenación y Zonificación M.P. NNSS’97. 2019.
— Asumir las alineaciones propuestas igualmente, por la Modificación Puntual con Ordenación Pormenorizada de las Normas Subsidiarias Municipales de 1997, en el ámbito de la UE-10 “El Egio”, aprobada en 2019.
— Fijar las rasantes de los viales, acomodándose a la planimetría del terreno.
— Fijar el área de movimiento de la edificación en las parcelas resultantes,
de tal forma que se eviten las medianerías vistas completas por la existencia de varias tipologías edificatorias.
Por todo lo anterior, se ha considerado que la propuesta del presente Estudio
de Detalle está planteada como una solución razonable y equilibrada a favor
de la mejor gestión e imagen final de la actuación.
2.1.2 Objeto y finalidad del Estudio de Detalle:
El objeto y finalidad de la redacción del presente Estudio de Detalle, viene determinado por la Modificación Puntual con Ordenación Pormenorizada de las
Normas Subsidiarias Municipales de 1997, en el ámbito de la UE-10 “El
Egio”, aprobada en 2019, en donde se exige como documento de desarrollo y
ejecución la redacción del Estudio de Detalle.
En la citada Modificación Puntual se ordenan los suelos edificables residenciales en sus diferentes ordenanzas, así como, las zonas verdes, tanto públicas
como privadas; el viario y el equipamiento de infraestructuras.
2.1.3 Superficies de la ordenación:
Las superficies de la ordenación del presente Estudio de Detalle, respetan las
fijadas en la Modificación Puntual, siendo las siguientes:
UE-10
Uso: Residencial
A.- SUP. BRUTA
B.- CESIONES
VIARIO
ZONA VERDE PÚBLICA
EQUIPAMIENTO
- Infraestructuras
B.- TOTAL CESIONES
C.-ZONAS VERDES PRIVADAS
SUP. NETA (A-B-C)
ORDENANZAS
Viviendas unifamiliares
TE-1.160
TE-2.200
TE-3.260
Nº VIVIENDAS
APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO
m2c/m2s
M.P. NNSS´97:2019
El Berrueco
11.369,42
2.111,95
1.109,55
44,06
3.265,56
531,39 (*)
7.572,47
830,09
4.392,19
2.350,19
31
0,40
(*) Subsanación de error: las zonas verdes privadas (ZVpv) no son superficies de cesión.
BOCM-20210421-43
2.
B.O.C.M. Núm. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
Pág. 207
Los terrenos afectados por la UE-10, se sitúan al sureste del casco urbano de El Berrueco, en el entorno situado la calle Egio, al suroeste, calle Prados, al noroeste, y el Arroyo de Los Huertos de la localidad, al sureste. Véase Plano I.1. Situación.
Se trata de un suelo urbano no consolidado con resultado de parcelación para uso residencial, con la ordenanza de Transición de Ensanche TE-1.160 (parcela mínima:160 m2),
TE-2.200 (parcela mínima:200 m2), y TE-3.260 (parcela mínima: 260 m2).
Documentación de la ordenación
2.1. Memoria justificativa:
2.1.1. Justificación y conveniencia de su redacción y de la procedencia de la solución adoptada:
El presente Estudio de Detalle se redacta a instancias de su promotor, la Junta
de Compensación UE-10 “El Egio”, estando justificado por la próxima actuación urbanizadora.
La justificación del presente Estudio de Detalle es la siguiente:
— Asumir la Ordenación y Zonificación propuestas por la Modificación
Puntual con Ordenación Pormenorizada de las Normas Subsidiarias Municipales de 1997, en el ámbito de la UE-10 “El Egio”, aprobada en 2019.
Véase Plano I.2. Ordenación y Zonificación M.P. NNSS’97. 2019.
— Asumir las alineaciones propuestas igualmente, por la Modificación Puntual con Ordenación Pormenorizada de las Normas Subsidiarias Municipales de 1997, en el ámbito de la UE-10 “El Egio”, aprobada en 2019.
— Fijar las rasantes de los viales, acomodándose a la planimetría del terreno.
— Fijar el área de movimiento de la edificación en las parcelas resultantes,
de tal forma que se eviten las medianerías vistas completas por la existencia de varias tipologías edificatorias.
Por todo lo anterior, se ha considerado que la propuesta del presente Estudio
de Detalle está planteada como una solución razonable y equilibrada a favor
de la mejor gestión e imagen final de la actuación.
2.1.2 Objeto y finalidad del Estudio de Detalle:
El objeto y finalidad de la redacción del presente Estudio de Detalle, viene determinado por la Modificación Puntual con Ordenación Pormenorizada de las
Normas Subsidiarias Municipales de 1997, en el ámbito de la UE-10 “El
Egio”, aprobada en 2019, en donde se exige como documento de desarrollo y
ejecución la redacción del Estudio de Detalle.
En la citada Modificación Puntual se ordenan los suelos edificables residenciales en sus diferentes ordenanzas, así como, las zonas verdes, tanto públicas
como privadas; el viario y el equipamiento de infraestructuras.
2.1.3 Superficies de la ordenación:
Las superficies de la ordenación del presente Estudio de Detalle, respetan las
fijadas en la Modificación Puntual, siendo las siguientes:
UE-10
Uso: Residencial
A.- SUP. BRUTA
B.- CESIONES
VIARIO
ZONA VERDE PÚBLICA
EQUIPAMIENTO
- Infraestructuras
B.- TOTAL CESIONES
C.-ZONAS VERDES PRIVADAS
SUP. NETA (A-B-C)
ORDENANZAS
Viviendas unifamiliares
TE-1.160
TE-2.200
TE-3.260
Nº VIVIENDAS
APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO
m2c/m2s
M.P. NNSS´97:2019
El Berrueco
11.369,42
2.111,95
1.109,55
44,06
3.265,56
531,39 (*)
7.572,47
830,09
4.392,19
2.350,19
31
0,40
(*) Subsanación de error: las zonas verdes privadas (ZVpv) no son superficies de cesión.
BOCM-20210421-43
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