Madrid (BOCM-20210419-55)
Organización y funcionamiento. Pleno del Ayuntamiento. Estatutos Organismo Autónomo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 92

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55

MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 30 de marzo de 2021, por el que se aprueba el Reglamento 3/2021,
de 30 de marzo, por el que se modifican los estatutos del organismo autónomo local Agencia
para el Empleo de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (4/2021), ordinaria celebrada el día 30 de marzo de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar el Reglamento por el que se modifican los Estatutos del Organismo Autónomo Local Agencia para el Empleo de Madrid, que figura como anexo del presente acuerdo.
Segundo.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID este
Acuerdo y el texto del anexo que constituye su objeto”.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3.e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto
aprobado.
REGLAMENTO 3/2021, DE 30 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICAN
LOS ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL
AGENCIA PARA EL EMPLEO DE MADRID

En ejercicio de la potestad de autoorganización municipal, el Ayuntamiento de Madrid
en el año 2004 creó la Agencia para el Empleo de Madrid, dotándola de autonomía orgánica y funcional suficientes con el objetivo de alcanzar una mejor, más ágil y especializada
gestión de las políticas municipales para el fomento del empleo y facilitar la incorporación
de trabajadores con una formación y experiencia adecuada. Por el Pleno del Ayuntamiento
de Madrid en sesión de fecha de 31 de mayo de 2004 se adoptó el acuerdo de aprobación
definitiva de los Estatutos del Organismo Autónomo Local Agencia para el Empleo de
Madrid, cuya entrada en vigor se produjo el 1 de julio de 2004.
Con fecha de 7 de julio de 2020 el Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó, por unanimidad de sus miembros, los denominados “Acuerdos de la Villa”. Dichos acuerdos recogen las medidas propuestas por las mesas sectoriales para la reactivación de Madrid tras la
pandemia de la COVID-19, entre las cuales destaca la realización de un cambio en los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid con el objetivo principal de “reestructurar
la Agencia enfocándola a sectores concretos como son Pymes y autónomos para que puedan ser beneficiarios de todos sus servicios. Asimismo, se ofrecerá formación a personas
trabajadoras en empresas que necesiten abordar una transformación para mantenerse en el
mercado, incrementando de este modo su productividad y valor añadido”.
En cumplimiento de dicho mandato se procede a la modificación de los artículos 2, 3.1
b) y 3.1 i) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid, en los términos que se
indican a continuación:
En el artículo 2, relativo a los “fines” de la Agencia para el Empleo de Madrid, la referencia a los trabajadores se amplía para incluir no sólo a los trabajadores por cuenta ajena, sino también a los trabajadores por cuenta propia.
En el artículo 3, relativo a las “competencias” de la Agencia, se modifica la letra b) del
punto 1 en el sentido de precisar que la promoción y desarrollo de la formación y orientación
de los trabajadores se refiere también a los que desarrollen su actividad por cuenta propia.
En este mismo artículo, se modifica la letra i) del punto 1 en el sentido de incluir entre las competencias de la Agencia las de ofertar formación a trabajadores ocupados en em-

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