B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20210417-3)
Convocatoria puestos –  Resolución 490/2021, de 15 de abril, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se rectifica la convocatoria pública aprobada por Resolución 295/2021, de 10 de marzo, para la provisión, por el procedimiento de selección objetiva, de puestos de carrera vacantes en el Organismo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 91

terminar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la
Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año en curso.
Octavo
Adjudicación
Cada puesto de trabajo convocado será adjudicado al candidato que, reuniendo los requisitos exigidos, obtenga mayor puntuación en el proceso de valoración de méritos.
A estos efectos, las propuestas de las comisiones de valoración tendrán carácter vinculante para la resolución, que únicamente se podrán separar de ellas por motivos de estricta
legalidad.
La resolución de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El destino obtenido será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato propuesto obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a la adjudicación
de aquél.
El acceso a un puesto de carrera no supondrá en ningún caso la reserva del puesto de
procedencia.
Noveno
Recursos

BOCM-20210417-3

Contra la presente convocatoria y las actuaciones que se deriven de la misma podrán los
interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de
Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b)
de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69
de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 15 de abril de 2021.—El Gerente de la Agencia Madrileña de Atención
Social, José Manuel Miranda de las Heras.