C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO (BOCM-20210416-29)
Programa actividad física –  Orden de 5 de abril de 2021, conjunta de las Consejerías de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno y de Educación y Juventud, por la que se aprueba la sexta edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 90

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE ABRIL DE 2021

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Juventud, en un curso escolar tan complicado como ha sido el 2020-2021, debido a la crisis
sanitaria ocasionada por la pandemia del COVID-19, ha dado muestras de la fortaleza del programa al mantenerse en el mismo casi la totalidad de los Institutos de Educación Secundaria
presentes en la IV edición.
Este dato no solo nos permite avanzar sobre una base sólida, sino que, además, impulsa en los “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de
Madrid”, aún más, el fomento y la promoción de la práctica de la actividad física y deportiva entre la población más joven, con los beneficios que estas prácticas reportan.
Este programa tiene como objetivo establecer centros de referencia deportiva que, partiendo de la implicación de la comunidad educativa de cada centro, establezcan medidas
que faciliten la práctica de actividad física de sus alumnos y la incorporación de estos al
mundo del deporte y la práctica de actividad física de forma regular y permanente, como
hábito básico de salud.
De acuerdo con todo lo anterior y atendiendo a los criterios señalados, de conformidad
con lo previsto en los artículos 41.d) y 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
DISPONEMOS
Primero
Aprobación del Programa
1. Se aprueba la sexta edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad
Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”, que se llevará a cabo en centros públicos
que escolaricen alumnos de entre doce y veinte años.
2. Se regula la selección y participación de los Institutos de Educación Secundaria, que
se incorporarán o permanecerán en la sexta edición del programa a partir del curso 2021/2022,
estableciendo los requisitos y compromisos de los centros educativos, así como su seguimiento y apoyo.
Segundo
Destinatarios
Podrá participar en la sexta edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”, los siguientes:
1. Los Institutos públicos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid que
lo soliciten mediante acuerdo tanto de su claustro como de su consejo escolar, para promover la práctica de actividad física y deportiva entre sus alumnos. Los centros que hayan participado en la quinta edición del programa, podrán prorrogar su participación siempre que
mantengan los requisitos exigidos para su incorporación.
2. Los alumnos escolarizados en cualquiera de los institutos públicos seleccionados
para su incorporación al Programa, siempre que lo hagan en alguna de las escuelas deportivas creadas en su propio centro.
Tercero
1. Los institutos públicos que deseen participar en el Programa presentarán un proyecto deportivo del centro, que contemplará el desarrollo de escuelas deportivas que permitan a los alumnos desarrollar hábitos de vida activa y saludable como complemento a su
formación escolar.
El proyecto deportivo del centro deberá estar avalado por cada una de las federaciones
cuyas modalidades deportivas hayan sido incluidas, y deberá desarrollarse en horario extraescolar vespertino, durante el curso escolar. Los alumnos dispondrán al menos de tres horas
semanales de práctica deportiva, divididas en dos o tres sesiones según resulte más conveniente para el desarrollo del programa.
El proyecto deportivo del centro se iniciará con un número de alumnos participantes no
inferior al 10 por 100 del alumnado total de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato del centro y deberá mantener, o incrementar, dicha participación, para tener continuidad a
lo largo del curso. El número de alumnos participantes se obtendrá sumando el total de res-

BOCM-20210416-29

Características generales