Madrid (BOCM-20210416-46)
Organización y funcionamiento. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza Calidad del Aire y Sostenibilidad
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 90

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 30 de marzo de 2021, por el que se aprueba la Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad.
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión (4/2021), ordinaria celebrada el día 30 de marzo de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar la Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad que se acompaña al presente acuerdo.
Segundo.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID este
acuerdo y el texto de la Ordenanza que constituye su objeto”.
ORDENANZA 4/2021, DE 30 DE MARZO, DE CALIDAD
DEL AIRE Y SOSTENIBILIDAD
PREÁMBULO

La mejora de la calidad del aire de la ciudad ha sido una cuestión de atención preferente para el Ayuntamiento de Madrid, lo que se pone de manifiesto en la aprobación por
el Pleno de 24 de julio de 1985 de una Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano (en adelante, OGPMAU), cuyo Libro I se dedica a la protección atmosférica frente a la contaminación por formas de materia.
Esta norma se modificó parcialmente en fechas de 30 de noviembre de 1990 y de 28
de noviembre de 2002. Así mismo, en relación con la contaminación producida por el tráfico de vehículos de motor, las ordenanzas en materia de tráfico y movilidad han dado cobertura normativa a la actuación administrativa para luchar contra la contaminación en estos ámbitos, estando actualmente vigente la contenida en la Ordenanza de Movilidad
Sostenible, aprobada por el Pleno de 5 de octubre de 2018.
No obstante, el transcurso de más de treinta años desde la entrada en vigor de la
OGPMAU justifica por sí mismo la necesidad de disponer de una completa regulación actualizada sobre calidad del aire, dictada en el ejercicio de las competencias municipales sobre medio ambiente urbano, en particular la referida a la protección contra la contaminación atmosférica en las zonas urbanas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.2 b) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Durante todo este tiempo, el contexto al que debe responder la actuación regulatoria
municipal ha cambiado notablemente desde múltiples aspectos. Por un lado, los grandes retos que han de asumirse para asegurar la calidad de las condiciones medioambientales de
los espacios urbanos, las metas que deben alcanzarse en materia de protección de la salud,
así como la necesidad de emprender actuaciones en materia de eficiencia energética y de
uso de energías renovables para la sostenibilidad medioambiental, tal y como exigen, entre
otros, los compromisos incluidos en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la Organización de Naciones Unidas y los derivados de la Convención Marco de
Naciones Unidas sobre Cambio Climático, adoptada en Nueva York el 9 de mayo de 1992.
Por otro lado, la aprobación de normas europeas como son la Directiva 2008/50/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire
ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa, la Directiva 2015/1480/CE, de la Comisión, de 28 de agosto de 2015, por la que se modifican varios anexos de las Directivas 2004/107/CE y 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, en los que se establecen las normas relativas a los métodos de referencia, la validación de datos y la ubicación
de los puntos de muestreo para la evaluación de la calidad del aire ambiente; y de normas estatales de carácter básico, como la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y

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