Las Rozas de Madrid (BOCM-20210416-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 90

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE ABRIL DE 2021

Pág. 195

La Comisión de Valoración viene regulada en el artículo 46 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
La Comisión de Valoración en la presente convocatoria estará compuesta por los siguientes miembros:
Un Presidente, a propuesta de la Concejalía de Recursos Humanos:
— Don Felipe Jiménez Andrés.
Dos miembros, a propuesta del Área a que esté adscrito el puesto o puestos a cubrir. En caso
de ser varias las Áreas afectadas, la representación será de común acuerdo entre las mismas:
— Don Alfonso Menéndez Prados.
— Doña María de la Merced Zapatero Boyero, que actuará como Secretario.
Dos miembros, a propuesta de la Concejalía de Recursos Humanos:
— Doña Alicia Romero Nieto.
— Don Carlos Miguel Corrales Hernández.
Podrán formar parte de la Comisión de Valoración un representante de cada una de las
organizaciones sindicales más representativas y las que cuenten con más del diez por ciento de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas o en el ámbito territorial y funcional al que se extiende la presente convocatoria.
Estos representantes de las organizaciones sindicales se designarán a propuesta de las
mismas. Si no se efectuase la citada propuesta en el plazo de cinco días hábiles, se entiende que renuncian a su derecho a formar parte de la citada Comisión de Valoración.
El número de representantes de la Administración será superior al de miembros designados a propuesta de las organizaciones sindicales.
Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas
de Grupo/Subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.
Deberán además poseer grado personal o desempeñar puestos de igual nivel o superior al
de los convocados.
Todos los miembros de la Comisión de Valoración tendrán voz y voto. El Secretario/a
de la Comisión actuará con voz y sin voto. De cada sesión celebrada el Secretario de la Comisión levantará la correspondiente acta.
Podrán designarse en atención a la naturaleza y volumen de la convocatoria suplentes
con los mismos requisitos.
La Comisión de Valoración podrá solicitar la designación de expertos que en calidad
de asesores actuarán con voz pero sin voto. Los mismos serán designados, en su caso, por
la Autoridad convocante previa solicitud de la citada Comisión.
Las Comisiones de Valoración elevarán a la Concejalía de Recursos Humanos la propuesta de resolución del concurso, acompañada de una memoria explicativa de su actuación, relación de los candidatos presentados con expresión de la puntuación obtenida, votos particulares formulados por cualquiera de los vocales, en su caso, así como cualquier
incidencia que hubiera surgido.
En el caso de los concursos específicos, por la Comisión de Valoración, se propondrá y
publicará en la página web del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid relación provisional
con las puntuaciones de los méritos valorados en la primera fase. Esta misma relación será expuesta en el tablón de edictos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Las Rozas.
Los concursantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones ante posibles errores que pudieran haberse producido en la valoración con el fin de que,
si procede, sean subsanados.
Séptimo. Resolución
El plazo de resolución será como máximo de seis meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancia. La resolución se publicará en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, página web del Ayuntamiento de Las
Rozas de Madrid y tablón de edictos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.

BOCM-20210416-58

Sexto. Comisión de Valoración