El Berrueco (BOCM-20210415-44)
Urbanismo. Normas subsidiarias de planeamiento
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 176
JUEVES 15 DE ABRIL DE 2021
Superficie
Bruta M2
11.369,42
Superficie de cesión (m2)
Red Viaria
2.111,95
Espacios Libres
Equipamiento
TOTAL
1.640,94
44,06
3.796,95
ZVpb=
ZVpv=
Número máximo de viviendas:
Aprovechamiento bruto (m2/m2):
B.O.C.M. Núm. 89
SuperficieNeta
M2
7.572,47
1.109,55
531,39
31
0,40
Sistema de actuación:
Compensación
Instrumentos de ejecución:Proyecto de Urbanización
Proyecto de Reparcelación
Estudio de Detalle
Compromisos:
Cesión de viales, zonas verdes públicas y equipamiento
Urbanización
Cesión al Ayuntamiento del 10% del aprovechamiento.
Condiciones:
Abastecimiento de Agua:
- La conexión a la red de abastecimiento, se realizará mediante
conducción dúctil de 80 mm., con doble conexionado a la red existente
que discurre por la Calle de los Prados y Calle Egio.
- No se instalarán bocas de riego para baldeo de calles.
- El Proyecto de la Red de Distribución de Agua se remitirá al Canal de
Isabel II para su correspondiente Informe de Viabilidad.
Saneamiento:
- La red de saneamiento de aguas residuales se conectará al este del
ámbito al colector general que discurre por el Camino del Canal de
Isabel II.
- La red será separativa: aguas residuales domiciliarias a la red general
de saneamiento y aguas pluviales al cauce del Arroyo.
- Las redes de saneamiento serán estancas para evitar filtraciones a las
aguas subterráneas.
- El Proyecto de la Red de Saneamiento se remitirá al Canal de Isabel II
para su correspondiente Informe de Viabilidad.
- El coste de refuerzo de las infraestructuras (ampliación de la EDAR)
deberá abonarse por parte de la UE-10, valorándose en el Convenio
para la ejecución de infraestructuras hidráulicas a suscribir entre el
Ayuntamiento, el Canal de Isabel II y el Canal de Isabel II Gestión.
Aguas Pluviales:
- La red será separativa: aguas residuales domiciliarias a la red general
de saneamiento y aguas pluviales al cauce del Arroyo de los Huertos.
- El establecimiento de punto de vertido de aguas pluviales requerirá de
autorización previa de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
- Toda actuación que se realice en terrenos pertenecientes al dominio
público hidráulico, y en particular las obras de paso sobre cauces y
acondicionamiento o encauzamiento de los mismos, deberán contar con
la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo,
conforme a lo establecido en el artículo 126 y siguientes del Reglamento
del Dominio Público Hidráulico.
- Los terrenos que lindan con los cauces están sujetos en toda su
extensión longitudinal a una zona de servidumbre de 5 metros de
anchura para uso público y una zona de policía de 100 m de ancho.
- El paso a realizar sobre el Arroyo respetará las capacidades
hidráulicas y calidades hídricas de éste.
BOCM-20210415-44
Cauce:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 176
JUEVES 15 DE ABRIL DE 2021
Superficie
Bruta M2
11.369,42
Superficie de cesión (m2)
Red Viaria
2.111,95
Espacios Libres
Equipamiento
TOTAL
1.640,94
44,06
3.796,95
ZVpb=
ZVpv=
Número máximo de viviendas:
Aprovechamiento bruto (m2/m2):
B.O.C.M. Núm. 89
SuperficieNeta
M2
7.572,47
1.109,55
531,39
31
0,40
Sistema de actuación:
Compensación
Instrumentos de ejecución:Proyecto de Urbanización
Proyecto de Reparcelación
Estudio de Detalle
Compromisos:
Cesión de viales, zonas verdes públicas y equipamiento
Urbanización
Cesión al Ayuntamiento del 10% del aprovechamiento.
Condiciones:
Abastecimiento de Agua:
- La conexión a la red de abastecimiento, se realizará mediante
conducción dúctil de 80 mm., con doble conexionado a la red existente
que discurre por la Calle de los Prados y Calle Egio.
- No se instalarán bocas de riego para baldeo de calles.
- El Proyecto de la Red de Distribución de Agua se remitirá al Canal de
Isabel II para su correspondiente Informe de Viabilidad.
Saneamiento:
- La red de saneamiento de aguas residuales se conectará al este del
ámbito al colector general que discurre por el Camino del Canal de
Isabel II.
- La red será separativa: aguas residuales domiciliarias a la red general
de saneamiento y aguas pluviales al cauce del Arroyo.
- Las redes de saneamiento serán estancas para evitar filtraciones a las
aguas subterráneas.
- El Proyecto de la Red de Saneamiento se remitirá al Canal de Isabel II
para su correspondiente Informe de Viabilidad.
- El coste de refuerzo de las infraestructuras (ampliación de la EDAR)
deberá abonarse por parte de la UE-10, valorándose en el Convenio
para la ejecución de infraestructuras hidráulicas a suscribir entre el
Ayuntamiento, el Canal de Isabel II y el Canal de Isabel II Gestión.
Aguas Pluviales:
- La red será separativa: aguas residuales domiciliarias a la red general
de saneamiento y aguas pluviales al cauce del Arroyo de los Huertos.
- El establecimiento de punto de vertido de aguas pluviales requerirá de
autorización previa de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
- Toda actuación que se realice en terrenos pertenecientes al dominio
público hidráulico, y en particular las obras de paso sobre cauces y
acondicionamiento o encauzamiento de los mismos, deberán contar con
la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo,
conforme a lo establecido en el artículo 126 y siguientes del Reglamento
del Dominio Público Hidráulico.
- Los terrenos que lindan con los cauces están sujetos en toda su
extensión longitudinal a una zona de servidumbre de 5 metros de
anchura para uso público y una zona de policía de 100 m de ancho.
- El paso a realizar sobre el Arroyo respetará las capacidades
hidráulicas y calidades hídricas de éste.
BOCM-20210415-44
Cauce: