Madrid (BOCM-20210415-34)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 89
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
34
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Decreto de 5 de abril de 2021, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la financiación de la economía social para las
anualidades 2021 y 2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
— Códigos BDNS 555881/555882: Documento corriente 2021 A 1400000407
(SUBCO 2021 0000000065).
— Códigos BDNS 555883/555884: Documento anticipado 2022 A 1400000408
(SUBCO 2021 0000000066).
Primero. Objeto.—Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de
Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, de subvenciones a otorgar en las anualidades 2021 y 2022, dirigidas a la mejora de la financiación de la economía social en régimen
de concurrencia competitiva.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:
a) Las personas físicas y las cooperativas o sociedades laborales que se incorporen
como socios/as trabajadores/as a una cooperativa o a una sociedad laboral.
b) Aquellos socios/as trabajadores/as que hayan hecho una nueva aportación al capital social.
No serán subvencionables las cooperativas de adquisición de vivienda nueva, ni las
aportaciones realizadas por los socios/as no trabajadores/as de las cooperativas de consumo.
Los requisitos que deben cumplir las entidades o personas solicitantes de estas subvenciones se regulan en el artículo 6 de las bases de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—Anexo al Decreto de 29 de marzo de 2021, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la
convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la financiación de las entidades de economía social para las anualidades 2021 y 2022.
Cuarto. Cuantía e imputación presupuestaria.—El importe máximo destinado a la
concesión de estas subvenciones es de 1.000.000 de euros, distribuido en 500.000 euros
para la convocatoria ordinaria del año 2021 y 500.000 euros para la convocatoria anticipada del año 2022. Todo ello, con cargo a las aplicaciones del presupuesto municipal que seguidamente se detallan:
— Aplicación 001/140/433.01/479.99 “Otras subvenciones a empresas privadas” por
importe de 2.500 euros para cada anualidad.
— Aplicación 001/140/433.01/489.00 “Otras transferencias a familias” por importe
de 12.500 euros para cada anualidad.
— Aplicación 001/140/433.01/779.99 “Otras subvenciones a empresas privadas” por
importe de 5.000 euros para cada anualidad.
— Aplicación 001/140/433.01/789.00 “Otras transferencias de capital a familias”
por importe de 480.000 euros cada anualidad.
Quinto. Importe de las subvenciones.—El importe de las subvenciones se regula en
el artículo 7 de las bases de convocatoria de la siguiente forma:
La subvención para la financiación de intereses consistirá en la reducción de hasta 3,5
puntos del tipo de interés fijado por la entidad que ha concedido el préstamo a la persona o
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Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
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JUEVES 15 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 89
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Decreto de 5 de abril de 2021, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la financiación de la economía social para las
anualidades 2021 y 2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
— Códigos BDNS 555881/555882: Documento corriente 2021 A 1400000407
(SUBCO 2021 0000000065).
— Códigos BDNS 555883/555884: Documento anticipado 2022 A 1400000408
(SUBCO 2021 0000000066).
Primero. Objeto.—Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de
Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, de subvenciones a otorgar en las anualidades 2021 y 2022, dirigidas a la mejora de la financiación de la economía social en régimen
de concurrencia competitiva.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:
a) Las personas físicas y las cooperativas o sociedades laborales que se incorporen
como socios/as trabajadores/as a una cooperativa o a una sociedad laboral.
b) Aquellos socios/as trabajadores/as que hayan hecho una nueva aportación al capital social.
No serán subvencionables las cooperativas de adquisición de vivienda nueva, ni las
aportaciones realizadas por los socios/as no trabajadores/as de las cooperativas de consumo.
Los requisitos que deben cumplir las entidades o personas solicitantes de estas subvenciones se regulan en el artículo 6 de las bases de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—Anexo al Decreto de 29 de marzo de 2021, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la
convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la financiación de las entidades de economía social para las anualidades 2021 y 2022.
Cuarto. Cuantía e imputación presupuestaria.—El importe máximo destinado a la
concesión de estas subvenciones es de 1.000.000 de euros, distribuido en 500.000 euros
para la convocatoria ordinaria del año 2021 y 500.000 euros para la convocatoria anticipada del año 2022. Todo ello, con cargo a las aplicaciones del presupuesto municipal que seguidamente se detallan:
— Aplicación 001/140/433.01/479.99 “Otras subvenciones a empresas privadas” por
importe de 2.500 euros para cada anualidad.
— Aplicación 001/140/433.01/489.00 “Otras transferencias a familias” por importe
de 12.500 euros para cada anualidad.
— Aplicación 001/140/433.01/779.99 “Otras subvenciones a empresas privadas” por
importe de 5.000 euros para cada anualidad.
— Aplicación 001/140/433.01/789.00 “Otras transferencias de capital a familias”
por importe de 480.000 euros cada anualidad.
Quinto. Importe de las subvenciones.—El importe de las subvenciones se regula en
el artículo 7 de las bases de convocatoria de la siguiente forma:
La subvención para la financiación de intereses consistirá en la reducción de hasta 3,5
puntos del tipo de interés fijado por la entidad que ha concedido el préstamo a la persona o
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