D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210413-28)
Expropiación –  Resolución de 30 de marzo de 2021, del Director General de Suelo, por la que se hace pública la Orden 10/2021, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el Proyecto “Actuaciones en el Sistema Santillana. Tramos B5 y B6”, en el término municipal de Manzanares el Real, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 391
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 87

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021

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de 2020, y fue expuesta durante quince días en el tablón de edictos del Ayuntamiento de
Manzanares el Real.
Dentro del plazo establecido para el trámite de información pública se han formulado
tres alegaciones en las que se solicita la retirada del proyecto por contener defectos en su
tramitación, se dicte resolución por la que se acuerde la necesidad concreta de ocupación
de los bienes que resulten estrictamente indispensables para el fin de la expropiación, se
efectúe un trazado alternativo que discurra por fincas que resulten menos dañadas y se valoren los bienes definitivamente afectados.
Se ha accedido a la solicitud de no afectar la finca número 12, modificando la relación
de bienes y derechos afectados en este sentido, y se han denegado otras solicitudes de cambios de trazado, al entender que el proyecto se ha tramitado cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la legislación vigente y que el trazado proyectado coincide, casi en
su totalidad, con el de las conducciones ya existentes y que se pretende renovar. Consta en
el expediente la contestación individualizada a los interesados.
La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto viene
motivada por la necesidad inaplazable de mejorar el funcionamiento del sistema de saneamiento denominado “Sistema Santillana”, evitando los numerosos problemas ocasionados
por las conducciones que se encuentran en mal estado, la complejidad de reparación de algunas tuberías y las filtraciones de agua freática debido a las numerosas fisuras existentes.
En este sentido, a los efectos de los artículos 20 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16
de diciembre de 1954, en adelante LEF, y 19 de su Reglamento de ejecución aprobado por
Decreto de 26 de abril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos citados, se estima procedente ratificar todas las actuaciones habidas hasta la fecha, y en consecuencia declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos comprendidos en la relación que acompaña la presente Orden, confirmando las afecciones por resultar indispensables para el
cumplimiento del objeto del Proyecto.
La declaración de utilidad pública del Proyecto se considera realizada en virtud de lo
dispuesto en el artículo 10 de la LEF.
De conformidad con lo establecido en el apartado 1.o del artículo 52 de la LEF, se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados
por el Proyecto.
En el expediente consta la existencia de crédito suficiente para hacer efectivo el pago
de las indemnizaciones expropiatorias, en atención a lo previsto en el artículo 52 de la LEF.
En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la LEF y 19.3 de la Ley 3/2007,
de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración
de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de
expropiación forzosa relativo al Proyecto “Actuaciones en el Sistema Santillana. Tramos B5 y B6”, en el término municipal de Manzanares el Real. La relación detallada de los
bienes y derechos afectados figura en el Anexo a esta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
a los bienes que pudieran verse afectados por los reformados posteriores al proyecto.
En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a
lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

Notificar a los interesados el lugar, día y hora en que han de comparecer para el levantamiento del Acta Previa a la Ocupación. La relación de interesados, los Ayuntamientos y
la fecha de convocatoria se detallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden.
Tercero
La presente Orden será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en dos de los diarios de mayor difusión y, además, comunicada a los
Ayuntamientos en cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación,
para su exposición en el tablón de anuncios. Asimismo, para que sirva de notificación a los
interesados desconocidos, de ignorado domicilio, o a los que, intentada la notificación, esta

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Segundo