D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210413-30)
Convenio – Convenio de colaboración de 24 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón y la Universidad Francisco de Vitoria para la formación práctico-clínica de los alumnos del Grado de Enfermería
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 134
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 87
2.
Queda prohibida la salida de información propiedad de (INDICAR) obtenida de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3.
Una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del convenio de colaboración, los datos de carácter personal pertenecientes a (INDICAR) que pudiera tener bajo
control el abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos a (INDICAR) por el método
acordado, así como cualquier otro soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal.
4.
El acceso lógico a los sistemas de información y comunicaciones de INDICAR CENTRO,
se hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las medidas
de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la
autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o encargado del Tratamiento.
5.
Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los sistemas de información y comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en INDICAR CENTRO. La
función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
6.
Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de información de INDICAR CENTRO sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los
programas informáticos propiedad de INDICAR CENTRO están protegidos por propiedad
intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción, modificación, cesión
o comunicación sin la debida autorización.
7.
Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información de INDICAR CENTRO, el
uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier tipo de
obra o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización.
Por su parte, el estudiante se compromete a cumplir la “Política de seguridad de la información en
el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid”, publicada en la Orden 491/2013, de 27 de junio y todas las políticas,
normas y procedimientos de (INDICAR) y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid
que emanen del citado código. Para su conocimiento, se le proporcionará acceso a la normativa que le
sea de aplicación.
Siempre que se encuentre en el CENTRO SANITARIO deberá llevar en lugar plenamente visible la
tarjeta identificativa que se le facilitará y en donde se recogen sus datos personales, identificándole
como estudiante. Al finalizar el periodo de prácticas, deberá devolver la tarjeta al centro sanitario.
El estudiante será responsable del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones anteriormente expuestas en que hubiera incurrido personalmente, lo cual podrá ser motivo de exigencia de las
responsabilidades legales que correspondan.
El tutor profesional del SERMAS
Nombre y apellidos:
Localización/Centro Sanitario:
Teléfono corporativo:
Correo electrónico corporativo:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el
proyecto formativo.
Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación basada en el
respeto con el derecho fundamental a la protección de datos del paciente, respecto a la información contenida en su historia clínica, en el ámbito de desarrollo de actividades de docencia.
Informar al estudiante de la organización y funcionamiento del SERMAS y de la normativa
aplicable en materia de confidencialidad y protección de datos.
Proporcionar la información complementaria que precise el estudiante para la realización
de las prácticas.
Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de las
prácticas e informarle sobre el correcto uso de los mismos.
Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante
como consecuencia de su actividad como tutor.
BOCM-20210413-30
El tutor profesional se compromete a:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 134
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 87
2.
Queda prohibida la salida de información propiedad de (INDICAR) obtenida de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3.
Una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del convenio de colaboración, los datos de carácter personal pertenecientes a (INDICAR) que pudiera tener bajo
control el abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos a (INDICAR) por el método
acordado, así como cualquier otro soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal.
4.
El acceso lógico a los sistemas de información y comunicaciones de INDICAR CENTRO,
se hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las medidas
de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la
autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o encargado del Tratamiento.
5.
Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los sistemas de información y comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en INDICAR CENTRO. La
función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
6.
Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de información de INDICAR CENTRO sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los
programas informáticos propiedad de INDICAR CENTRO están protegidos por propiedad
intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción, modificación, cesión
o comunicación sin la debida autorización.
7.
Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información de INDICAR CENTRO, el
uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier tipo de
obra o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización.
Por su parte, el estudiante se compromete a cumplir la “Política de seguridad de la información en
el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid”, publicada en la Orden 491/2013, de 27 de junio y todas las políticas,
normas y procedimientos de (INDICAR) y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid
que emanen del citado código. Para su conocimiento, se le proporcionará acceso a la normativa que le
sea de aplicación.
Siempre que se encuentre en el CENTRO SANITARIO deberá llevar en lugar plenamente visible la
tarjeta identificativa que se le facilitará y en donde se recogen sus datos personales, identificándole
como estudiante. Al finalizar el periodo de prácticas, deberá devolver la tarjeta al centro sanitario.
El estudiante será responsable del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones anteriormente expuestas en que hubiera incurrido personalmente, lo cual podrá ser motivo de exigencia de las
responsabilidades legales que correspondan.
El tutor profesional del SERMAS
Nombre y apellidos:
Localización/Centro Sanitario:
Teléfono corporativo:
Correo electrónico corporativo:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el
proyecto formativo.
Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación basada en el
respeto con el derecho fundamental a la protección de datos del paciente, respecto a la información contenida en su historia clínica, en el ámbito de desarrollo de actividades de docencia.
Informar al estudiante de la organización y funcionamiento del SERMAS y de la normativa
aplicable en materia de confidencialidad y protección de datos.
Proporcionar la información complementaria que precise el estudiante para la realización
de las prácticas.
Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de las
prácticas e informarle sobre el correcto uso de los mismos.
Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante
como consecuencia de su actividad como tutor.
BOCM-20210413-30
El tutor profesional se compromete a: