C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210413-10)
Bases ayudas –  Orden de 26 de marzo de 2021, de la Consejería de Economia, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras en materia de concesión de ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y de proyectos para la digitalización del comercio minorista
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 87

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021

Pág. 39

pensión definitiva de la actividad de muchos comercios— ha puesto de manifiesto la necesidad de preparar al sector comercial de la región para combinar las bondades de la venta
presencial, con las innegables ventajas de competir más globalmente a través de la incorporación de procesos de digitalización en sus promociones, acciones de venta y también en
su gestión empresarial.
Debido a que el sector comercial constituye uno de los sectores empresariales productivos más relevantes en la Comunidad de Madrid, con el 13,6 por 100 del PIB regional, del
que el 6,6 por 100 corresponde al comercio minorista ahora, más que nunca, la situación
por la que atraviesa el sector comercial requiere de medidas que coadyuven a dinamizar las
ventas e impulsen el tejido empresarial.
De esta forma, con el apoyo directo al fomento de actividades de promoción comercial y a la digitalización e incorporación del comercio minorista de nuestra región a los procesos que integran tecnología de información y comunicación, contribuimos a la mayor
competitividad de nuestro comercio, facilitándole el acceso a un mercado cada vez más global y exigente, acorde con las nuevas demandas de sus clientes y consumidores.
En este sentido, la Dirección General de Comercio y Consumo ha puesto en marcha una
serie de actuaciones —como es esta línea de ayudas— que ayuden a paliar el impacto económico negativo causado por la COVID-19 y a impulsar el tejido empresarial en nuestra región.
Por ello, la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, teniendo en cuenta lo
anteriormente expuesto y, dada la demanda del propio sector, habilita el presente programa
de ayudas, en el que se contempla como objetivo el desarrollo de acciones para el fomento
de actividades de promoción comercial y de actividades de digitalización del pequeño comercio minorista, y la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación
(TIC) al sector comercial.
Por otro lado, esta Orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en
el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es decir, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
En virtud de los principios de necesidad y eficacia, la orden está justificada por una razón de interés general, dados los fines perseguidos. En virtud del principio de proporcionalidad, la orden contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir, tras
constatar que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos o que impongan menos obligaciones a los destinatarios. En virtud del principio de seguridad jurídica, la orden
se ejerce de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión
Europea, generando un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y
toma de decisiones. En virtud del principio de transparencia, se posibilita el acceso sencillo y universal a las ayudas, mediante un sistema de concurrencia competitiva. Finalmente,
en virtud del principio de eficiencia, la orden evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 41.d)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO

Artículo 2
Régimen jurídico
Será de aplicación al programa de ayudas lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, en todo aquello que constituya legislación básica.
Asimismo, será de aplicación la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Regla-

BOCM-20210413-10

Artículo 1
Objeto de la Orden
El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de
ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y para el fomento
de las actividades de digitalización del pequeño comercio minorista, así como la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) al sector comercial.