Zarzalejo (BOCM-20210412-60)
Urbanismo. Ordenanza declaración responsable urbanística
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 86

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021

Pág. 345

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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ZARZALEJO
URBANISMO

Publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 30 de 5 de
febrero de 2021, anuncio del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Zarzalejo de 20 de enero de 2021, de aprobación inicial de la ordenanza reguladora del contenido de la declaración
responsable urbanística y sus modelos normalizados, ha permanecido expuesto al público en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID así como en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento y en su sede electrónica durante treinta días hábiles, transcurridos desde el
día 8 de febrero de 2021 hasta el día 22 de marzo de 2021 ambos inclusive, y al no haberse
presentado reclamaciones durante dicho plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la citada ordenanza, cuyo
texto íntegro se hace público, para su general conocimiento, en cumplimiento del artículo 17.4
del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA REGULADORA DEL CONTENIDO DE LA DECLARACION
RESPONSABLE URBANISTICA Y SUS MODELOS NORMALIZADOS

La presente ordenanza viene a regular el contenido de las Declaraciones Responsables
Urbanísticas, tanto de obras como de servicios, necesarias y el control a posteriori de lo actuado por los interesados.
La entrada en vigor de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a los Servicios en el Mercado Interior, impuso a los Estados miembros la obligación de eliminar todas las trabas jurídicas y barreras administrativas
injustificadas a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios.
El Estado incorporó los principios de la citada Directiva al derecho interno por medio
de un conjunto normativo constituido por la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre
acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de modificación de
diversas leyes —entre las que cabe destacar la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local— para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades
de servicios y su ejercicio.
Seguidamente, el Estado aprobó la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, que también modificó la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local para introducir dos nuevos artículos, el 84 bis y el 84 ter, que establecen que, con carácter general, el
ejercicio de las actividades no se someterá a la obtención de licencia u otro medio de control preventivo.
El Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización
del comercio y de determinados servicios, que posteriormente fue objeto de tramitación
parlamentaria y aprobación como Ley 12/2012, de 26 de diciembre, del mismo nombre,
avanza en los citados postulados mediante la eliminación de cargas administrativas que en
principio retrasan o paralizan el inicio y progreso de la actividad mercantil en el ámbito del
pequeño y mediano comercio.

BOCM-20210412-60

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS