Leganés (BOCM-20210412-46)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 316

LUNES 12 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 86

Los proyectos objeto de subvención deben estar dirigidos a las actividades que a continuación se
detallan:
1 Actividades formativas e informativos, cursos, seminario y conferencias con especial prioridad
todo aquello que favorezca la Participación Ciudadana.
2 Proyectos que desarrollen acciones, actividades y metodologías para promover, crear, motivar
nuevas formas de participación. Que generen espacios /foros abiertos de debate, intercambio
de ideas o experiencias que mejore la cohesión y la participación ciudadana de barrio.
3 Actividades que fomenten el trabajo con colectivos de especial atención, inmigrantes,
discapacidad, mayores, mujer y en definitiva en todos los sectores de población que la
requieran. promoviendo acciones entorno al respeto y convivencia entre los y las vecinos/as
que evite la exclusión social.
4 Actividades que promuevan valores de igualdad, concienciación y solidaridad.
5 Actividades que generen acciones de divulgación e información a los y las ciudadanos/as
sobre temas relacionados con el barrio de referencia y/o temas de interés general.
6 Actividades que conciencien e involucren a la ciudadanía en el fomento de la Agenda 2030,
en particular promocionando estilos de vida y comportamientos sostenibles.
No serán gastos que se puedan imputar a la subvención, además de los establecidos en las
bases generales:
- Artículos de merchandising (camisetas, gorras etc…)
3.

CRITERIOS DE VALORACIÓN
3.1 Los establecidos con carácter general en las bases de la convocatoria
3.2 Se valorarán de manera específica y exclusiva desde el Área de Participación Ciudadana
los proyectos de las Asociaciones de Vecinos, siempre que no presenten proyectos en las
Juntas de Distrito.
3.3 Que el proyecto tenga presente las actividades marcadas como objeto de subvención.
Máximo de 80 puntos
Actividades formativas e informativas, cursos, seminarios, conferencias, etc., con especial prioridad todo aquello que
favorezca la participación ciudadana.

20 Puntos

Proyectos que desarrollen acciones, actividades y metodologías para promover, crear, motivar nuevas formas de
participación. Que generen espacios /foros abiertos de debate, intercambio de ideas o experiencias que mejore la cohesión
y la participación ciudadana de barrio.

10 Puntos

Actividades que fomenten el trabajo con colectivos de especial atención. Promoviendo acciones entorno al respeto y
convivencia entre los y las vecinos/as que evite la exclusión social.

20 Puntos

Actividades que promuevan valores de igualdad, concienciación y solidaridad.

10 Puntos

Actuaciones de divulgación e información a los y las ciudadanos/as sobre temas relacionados con el barrio de referencia y/o
temas de interés general

10 Puntos

Actividades que conciencien e involucren a la ciudadanía en el fomento de la Agenda 2030, en particular promocionando
estilos de vida y comportamientos sostenibles.

10 Puntos

Cada una de las actividades presentadas por las Asociaciones o Entidades, serán puntuadas según
la anterior baremación y la valoración de las bases generales
3.4 Número de personas destinatarias
Más de 50

Máximo 5 puntos.

Entre 25 y 50

Máximo 3 puntos.

Entre 10 y 25

Máximo 1puntos.

La entidad justificara el número de destinatarios mediante declaración responsable del Secretario o
Secretaria de la Asociación y/o el visto bueno del Presidente o Presidenta.

Se valorará en este apartado el presupuesto de la asociación designado a las actividades objeto de
subvención en el año correspondiente a la convocatoria.
Hasta 2.000 €

2 puntos

Entre 2.001 y 4.000 €

3 puntos

Entre 4.001 y 6.000 €

4 puntos

Más de 6.000 €

5 puntos

BOCM-20210412-46

3.5 Capacidad de gestión-económica de la entidad (Máximo 5 puntos)