Leganés (BOCM-20210412-46)
Régimen económico. Bases subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 86
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
f)
g)
Pág. 315
Por cada responsable o monitor necesario para la actividad: 0.5 puntos, máximo: 5
Sector de la población a la que se destina prioritariamente el proyecto:
Exclusivamente a miembros de la asociación: máximo 1 punto.
Abierta parcialmente a vecinos no asociados: máximo 2 puntos.
-
Actividades dirigidas a vecinos en general: máximo 3 puntos.
Cada una de las actividades presentadas por las Asociaciones o Entidades será puntuada según la
anterior baremación.
Una vez sumados todos los puntos, se obtendrá el valor económico de cada punto dividiendo el
100% del crédito presupuestario entre los puntos totales obtenidos por todas las asociaciones,
realizada esta operación, el valor de cada punto se multiplicará por los puntos totales obtenidos por
cada una de las asociaciones para obtener así el importe total de la subvención a percibir. (Se
aplicará redondeo en las cantidades para evitar los céntimos).
4.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Todos los programas, proyectos y actividades que se presentan para obtener subvención deberán
contener, al menos, lo establecido en las bases generales y los siguientes puntos:
x
Ámbito de aplicación y características de la población a la que va dirigido.
x
Objetivos específicos y generales, así como los recursos asociativos necesarios.
x
Implicación en programas de Desarrollo Sostenible, Objetivos de desarrollo sostenible
(ODS), reciclaje, parques, movilidad urbana, eficiencia energética, etc.…
x
Memoria justificativa que comprenda:
-
Actividades, evaluación y presupuesto detallado.
-
Cantidad que se destina a la actividad.
-
Cantidad que se solicita para subvencionar.
5.- DOTACIÓN ECONÓMICA
La dotación económica de la presente convocatoria será de 6.000 euros (SEIS MIL EUROS) de la
partida 12/1720/489.01 del ejercicio presupuestario del año 2021.
BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN DENTRO DEL ÁREA DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA (ASOCIACIONES DE VECINOS) PARA EL AÑO 2021
1.
OBJETO
Las presentes bases específicas tienen como finalidad apoyar a las Asociaciones de Vecinos/as que
quieren actuar o actúan habitualmente en el municipio de Leganés y que tienen como objeto el apoyo
a proyectos y actividades locales dirigidas a potenciar el desarrollo comunitario, fomentando e
impulsando los mecanismos de participación ciudadana existentes, así como la creación de nuevos
canales de información y participación activa de los ciudadanos en la vida y desarrollo de nuestro
municipio.
ACTIVIDADES OBJETO DE SUBVENCIÓN
Cada asociación de vecinos podrá presentar al área de Participación Ciudadana un único proyecto
en el que se incluirán las actividades recogidas a continuación. Cumplimentando el Anexo II
señalado en la parte séptima de las Bases Generales.
BOCM-20210412-46
2.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 86
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
f)
g)
Pág. 315
Por cada responsable o monitor necesario para la actividad: 0.5 puntos, máximo: 5
Sector de la población a la que se destina prioritariamente el proyecto:
Exclusivamente a miembros de la asociación: máximo 1 punto.
Abierta parcialmente a vecinos no asociados: máximo 2 puntos.
-
Actividades dirigidas a vecinos en general: máximo 3 puntos.
Cada una de las actividades presentadas por las Asociaciones o Entidades será puntuada según la
anterior baremación.
Una vez sumados todos los puntos, se obtendrá el valor económico de cada punto dividiendo el
100% del crédito presupuestario entre los puntos totales obtenidos por todas las asociaciones,
realizada esta operación, el valor de cada punto se multiplicará por los puntos totales obtenidos por
cada una de las asociaciones para obtener así el importe total de la subvención a percibir. (Se
aplicará redondeo en las cantidades para evitar los céntimos).
4.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Todos los programas, proyectos y actividades que se presentan para obtener subvención deberán
contener, al menos, lo establecido en las bases generales y los siguientes puntos:
x
Ámbito de aplicación y características de la población a la que va dirigido.
x
Objetivos específicos y generales, así como los recursos asociativos necesarios.
x
Implicación en programas de Desarrollo Sostenible, Objetivos de desarrollo sostenible
(ODS), reciclaje, parques, movilidad urbana, eficiencia energética, etc.…
x
Memoria justificativa que comprenda:
-
Actividades, evaluación y presupuesto detallado.
-
Cantidad que se destina a la actividad.
-
Cantidad que se solicita para subvencionar.
5.- DOTACIÓN ECONÓMICA
La dotación económica de la presente convocatoria será de 6.000 euros (SEIS MIL EUROS) de la
partida 12/1720/489.01 del ejercicio presupuestario del año 2021.
BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN DENTRO DEL ÁREA DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA (ASOCIACIONES DE VECINOS) PARA EL AÑO 2021
1.
OBJETO
Las presentes bases específicas tienen como finalidad apoyar a las Asociaciones de Vecinos/as que
quieren actuar o actúan habitualmente en el municipio de Leganés y que tienen como objeto el apoyo
a proyectos y actividades locales dirigidas a potenciar el desarrollo comunitario, fomentando e
impulsando los mecanismos de participación ciudadana existentes, así como la creación de nuevos
canales de información y participación activa de los ciudadanos en la vida y desarrollo de nuestro
municipio.
ACTIVIDADES OBJETO DE SUBVENCIÓN
Cada asociación de vecinos podrá presentar al área de Participación Ciudadana un único proyecto
en el que se incluirán las actividades recogidas a continuación. Cumplimentando el Anexo II
señalado en la parte séptima de las Bases Generales.
BOCM-20210412-46
2.