Leganés (BOCM-20210412-46)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 86

LUNES 12 DE ABRIL DE 2021

Pág. 303

2.2. Quedan excluidos de la presente convocatoria:
x Los proyectos relativos a actividades deportivas.
x Los proyectos de AMPAS que se desarrollen en el ámbito del colegio.
x Actividades con finalidad lucrativa.
x Actividades que se organicen fuera del ámbito temporal de las fechas establecidas para
las fiestas en el punto 2.1.
x Actividades que se realicen dentro de actos de carácter o índole religioso.
3.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
3.1. Los establecidos con carácter general en las bases de la convocatoria
3.2. La concesión de subvenciones se hará valorando el proyecto presentado para cada una de las
actividades de las fiestas del presente ejercicio según el siguiente baremo:
CRITEROS

1

Por cada 60 personas destinatarias o fracción > 30, siempre superior al número de socios

2

Por cada responsable/monitor necesario para la actividad

3

Por cada 200 Euros de autofinanciación

4

Por cada actividad organizada en la convocatoria

5

Por participación en actividades organizadas por la Delegación de Festejos

PUNTUACIÓN
Fracción

Total

1

5

0,5

5

1

5

0,5

5

3

6

3.3.- Al resultado de la aplicación de los criterios establecidos con carácter general en las bases de
la convocatoria y los específicos de la convocatoria de la Delegación de Festejos, se les establece
las siguientes limitaciones:
3.3.1.- No se valorarán aquellas actividades cuyo coste sea igual o superior a 1.000 €
exceptuando las realizadas para las Fiestas del 2 de mayo
3.3.2.- Los juegos infantiles tendrán una subvención máxima de 50 € por hora de actividad,
hasta un máximo de 100 €.
3.3.3.- La subvención por actividades gastronómicas sólida será de 1 euros/persona y
líquida 0.5 €/persona. La cantidad máxima subvencionable será de 500€.
3.3.4.- Se subvencionará un máximo de tres actividades gastronómicas, abiertas al público,
por asociación y periodo festivo.
3.3.5.- Los campeonatos y concursos de cualquier tipo tendrán una dotación máxima de 50 €.
3.3.6.- La cantidad máxima total posible de subvención, no podrá exceder los 5.000€ por
periodo festivo.
4.- DOTACION ECONOMICA
La dotación económica de la presente convocatoria será de 50.000,00 € (CINCUENTA MIL EUROS)
con cargo a la partida 21/3380/489/01 de la Delegación de Festejos.

BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN DENTRO DEL ÁREA DE INFANCIA Y
ADOLESCENCIA PARA EL AÑO 2021

Las presentes bases específicas tienen como finalidad apoyar a las entidades sociales y
asociaciones sin ánimo de lucro que quieren actuar o actúan habitualmente en el municipio de
Leganés en el ámbito propio del Área de Infancia y Adolescencia, orientando su acción a:
1. Cooperar en la prevención del absentismo escolar, favoreciendo el éxito escolar y la
compensación de desigualdades en la infancia y la adolescencia.
2. Fomentar valores de convivencia en el entorno social.
3. Impulsar la participación infantil y adolescente mejorando los procedimientos de
participación en foros de participación infantil de Leganés.
4. Favorecer el juego y el ocio infantil y adolescente de forma alternativa y no consumista.

BOCM-20210412-46

1.- OBJETO