Leganés (BOCM-20210412-46)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 86

BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN DENTRO DEL ÁREA DE COOPERACIÓN
PARA EL AÑO 2021

1.

OBJETO

Las subvenciones reguladas en las presentes Bases tienen por objeto la financiación de proyectos
de Sensibilización y Educación para la ciudadanía, cuya ejecución se realice durante el ejercicio
2021.
Se entiende proyectos de Sensibilización y Educación para la ciudadanía el conjunto de
acciones diseñadas y coordinadas entre sí, orientadas a lograr unos objetivos, recogidos en el
PMCD, vinculados con un mayor conocimiento de los ciudadanos y ciudadanas del municipio, acerca
de la situación y causas de la pobreza y exclusión que afectan a los países en desarrollo y dirigidos
a promover la solidaridad y cooperación con los mismos, así como la promoción y difusión de los
Objetivos de desarrollo sostenible.
2.

ACTIVIDADES OBJETO DE SUBVENCIÓN

-

Campañas públicas de concienciación, movilización, seminarios, jornadas de reflexión sobre las
problemáticas que afectan a los países en desarrollo, en especial a los territorios hermanados
y a las poblaciones que mayor exclusión y pobreza padecen.

-

Comunicación y difusión a la sociedad de Leganés de la planificación, gestión, ejecución y
resultados de las acciones de cooperación al desarrollo que realizan las entidades.

-

Elaboración y distribución de materiales que difundan los contenidos de las campañas.

-

Organización de actividades formativas e informativas como publicaciones, exposiciones o
puntos de información ciudadana.

-

Formación de voluntarios/as para su participación como agentes de educación para el desarrollo
o cooperantes en terreno.
Las solicitudes presentadas serán valoradas e informadas por los servicios técnicos municipales
del área de cooperación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las
propuestas presentadas se valorarán y seleccionarán teniendo en cuenta los siguientes criterios
objetivos:
3.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
El número de puntos totales será de 50, repartidos de la siguiente manera:
a) En relación con las entidades concurrentes:
-

La experiencia y la capacidad operativa de las entidades participantes que resulten necesarias
para el desarrollo de las actividades propuestas en el proyecto. 5 Puntos

-

La presencia social activa de la entidad en Leganés, en materia de cooperación al desarrollo,
acreditada mediante memoria de actividades. 5 Puntos

-

La trayectoria de la entidad solicitante en relación con las convocatorias de subvenciones en
materia de cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de Leganés en lo relativo a cumplimiento
de plazos, correcta justificación y diligencia administrativa. 5 Puntos

-

La elaboración técnica de los proyectos, su precisa identificación, el detallado calendario de
actuaciones y el riguroso desglose presupuestario; así como su claridad y concisión. 10 Puntos
Calidad, viabilidad e innovación del proyecto o actividad. 5 puntos

c) En relación a la actividad de sensibilización:
-

La proyección pública de las actividades hacia la ciudadanía. Impacto, repercusión, relevancia
e interés objetivo de la actividad a desarrollar. 5 Puntos
El carácter participativo de las actividades y efecto multiplicador previsible. 5 Puntos

BOCM-20210412-46

b) En relación al proyecto: