Tres Cantos (BOCM-20210412-59)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 86
lectivo o sistema de acceso en que se haya producido su propuesta por el correspondiente
Tribunal calificador a tal fin.
12. Curso selectivo de formación
12.1. Será requisito indispensable, en cuanto a la segunda fase del proceso selectivo,
superar un curso selectivo de formación impartido en el Ayuntamiento de Tres Cantos, deberá ser homologado por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad
de Madrid. Su duración no será inferior a un mes ni superior a 3 meses. Dicho curso irá dirigido al aprendizaje de la normativa específica de aplicación en el Ayuntamiento de Tres
Cantos, la cultura organizacional del Cuerpo de Policía Local, protocolos de actuación, manejo de herramientas tecnológicas y demás cuestiones relevantes para una correcta prestación del servicio de seguridad. El aprendizaje de dichos conocimientos será puntuable. De
este modo, se realizarán evaluaciones de los conocimientos impartidos para constatar el
aprendizaje en especial del conocimiento de la normativa municipal y de funcionamiento
interno del Cuerpo, así como del municipio de Tres Cantos, su entorno y problemática.
Esta fase de aprendizaje de conocimientos del Curso Selectivo se puntuará de 0 a 10,
siendo necesario obtener un mínimo de 5 para superarlo. La valoración del mismo se realizará por el Tribunal Calificador a la vista de la propuesta emitida por el Intendente Jefe del
Cuerpo.
Por otra parte durante el Curso Selectivo se realizarán prácticas tuteladas en las que se
desarrollarán las tareas que normalmente corresponden a los Agentes de Policía del Cuerpo de la Policía Local de Tres Cantos y se valorarán las habilidades generales y las destrezas profesionales requeridas para el correcto desempeño de la actividad policial. Esta fase
de prácticas del Curso Selectivo no será puntuable. La valoración se realizará por el Tribunal Calificador como “apto o no apto”, a la vista del informe razonado que habrá de realizar la persona tutora del aspirante.
También se tendrá en cuenta la conducta de las personas aspirantes durante el curso selectivo, su nivel de implicación y participación, responsabilidad, actitud positiva y colaboradora, disciplina, dedicación, corrección en el trato con la ciudadanía y con quienes ostenten puestos de mando y con los compañeros, así como el cumplimiento de las órdenes.
Esta fase de valoración de conducta del Curso Selectivo no será puntuable. La valoración se realizará por el Tribunal Calificador, como “apto o no apto”, a la vista del informe
razonado que habrá de realizar la persona tutora del aspirante.
12.2. Concluido dicho Curso, el personal funcionario perteneciente a Cuerpos de
otras Policías Locales de la Comunidad de Madrid volverá a desempeñar su puesto de trabajo en dichas Administraciones hasta tanto se produzca el nombramiento como funcionario de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local de Tres Cantos.
13. Calificación definitiva del proceso de movilidad
La calificación definitiva del procedimiento de movilidad vendrá dada por la suma de
la calificación obtenida en la fase de concurso y la correspondiente al curso selectivo de formación, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación (CM × 0,40) + (CS × 0,60)
donde CM es la calificación obtenida en la fase de concurso y CS es la calificación obtenida en el curso selectivo de formación.
Obtenidas las calificaciones definitivas del proceso de movilidad, el Tribunal calificador publicará en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica la relación de personas aprobadas por orden de puntuación.
14. Nombramiento como funcionario de carrera
Efectuada la publicación, se elevará dicha relación al órgano competente para su nombramiento como funcionario de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de la Policía
Local del Ayuntamiento de Tres Cantos.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. Los nombramientos deberán publicarse en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20210412-59
Pág. 342
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 86
lectivo o sistema de acceso en que se haya producido su propuesta por el correspondiente
Tribunal calificador a tal fin.
12. Curso selectivo de formación
12.1. Será requisito indispensable, en cuanto a la segunda fase del proceso selectivo,
superar un curso selectivo de formación impartido en el Ayuntamiento de Tres Cantos, deberá ser homologado por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad
de Madrid. Su duración no será inferior a un mes ni superior a 3 meses. Dicho curso irá dirigido al aprendizaje de la normativa específica de aplicación en el Ayuntamiento de Tres
Cantos, la cultura organizacional del Cuerpo de Policía Local, protocolos de actuación, manejo de herramientas tecnológicas y demás cuestiones relevantes para una correcta prestación del servicio de seguridad. El aprendizaje de dichos conocimientos será puntuable. De
este modo, se realizarán evaluaciones de los conocimientos impartidos para constatar el
aprendizaje en especial del conocimiento de la normativa municipal y de funcionamiento
interno del Cuerpo, así como del municipio de Tres Cantos, su entorno y problemática.
Esta fase de aprendizaje de conocimientos del Curso Selectivo se puntuará de 0 a 10,
siendo necesario obtener un mínimo de 5 para superarlo. La valoración del mismo se realizará por el Tribunal Calificador a la vista de la propuesta emitida por el Intendente Jefe del
Cuerpo.
Por otra parte durante el Curso Selectivo se realizarán prácticas tuteladas en las que se
desarrollarán las tareas que normalmente corresponden a los Agentes de Policía del Cuerpo de la Policía Local de Tres Cantos y se valorarán las habilidades generales y las destrezas profesionales requeridas para el correcto desempeño de la actividad policial. Esta fase
de prácticas del Curso Selectivo no será puntuable. La valoración se realizará por el Tribunal Calificador como “apto o no apto”, a la vista del informe razonado que habrá de realizar la persona tutora del aspirante.
También se tendrá en cuenta la conducta de las personas aspirantes durante el curso selectivo, su nivel de implicación y participación, responsabilidad, actitud positiva y colaboradora, disciplina, dedicación, corrección en el trato con la ciudadanía y con quienes ostenten puestos de mando y con los compañeros, así como el cumplimiento de las órdenes.
Esta fase de valoración de conducta del Curso Selectivo no será puntuable. La valoración se realizará por el Tribunal Calificador, como “apto o no apto”, a la vista del informe
razonado que habrá de realizar la persona tutora del aspirante.
12.2. Concluido dicho Curso, el personal funcionario perteneciente a Cuerpos de
otras Policías Locales de la Comunidad de Madrid volverá a desempeñar su puesto de trabajo en dichas Administraciones hasta tanto se produzca el nombramiento como funcionario de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local de Tres Cantos.
13. Calificación definitiva del proceso de movilidad
La calificación definitiva del procedimiento de movilidad vendrá dada por la suma de
la calificación obtenida en la fase de concurso y la correspondiente al curso selectivo de formación, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación (CM × 0,40) + (CS × 0,60)
donde CM es la calificación obtenida en la fase de concurso y CS es la calificación obtenida en el curso selectivo de formación.
Obtenidas las calificaciones definitivas del proceso de movilidad, el Tribunal calificador publicará en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica la relación de personas aprobadas por orden de puntuación.
14. Nombramiento como funcionario de carrera
Efectuada la publicación, se elevará dicha relación al órgano competente para su nombramiento como funcionario de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de la Policía
Local del Ayuntamiento de Tres Cantos.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. Los nombramientos deberán publicarse en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20210412-59
Pág. 342
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