D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210412-17)
Convenio –  Convenio de colaboración de 24 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Alfonso X el Sabio, para la formación práctico-clínica de los alumnos del Grado de Enfermería
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 86

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021

Pág. 217

Tercero
Que la Universidad Alfonso X el Sabio (en lo sucesivo la Universidad), es una universidad privada reconocida legalmente por Ley 9/1993, de 19 de abril, teniendo entre sus objetivos esenciales la ampliación del conocimiento a través de la investigación, y siendo uno
de sus fines la difusión, la valoración y la transferencia del conocimiento para ponerlo al
servicio de la ciencia, la técnica, la cultura, la calidad de vida y el desarrollo económico.
Cuarto
Que para atender al objetivo de adecuación entre la función docente de la Universidad
y la función asistencial de las instituciones sanitarias establecido por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y por las Leyes 14/1986, de 25 de abril,
General de Sanidad y LOSCAM, las universidades, conforme a lo dispuesto en el apartado a)
del punto 1.o del Anexo II, del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros sanitarios, deben garantizar en las enseñanzas de Medicina, Enfermería y Fisioterapia, la disponibilidad de un hospital y tres centros de atención primaria (de titularidad pública o privada) con base en un
convenio en el caso de las universidades privadas. Dichas instituciones sanitarias tendrán
que reunir los requisitos que se establezcan de forma conjunta entre los ministerios con
competencias en materia de sanidad y de universidades.
Quinto
Que la Comunidad de Madrid comparte, por tanto, con la Universidad Alfonso X el
Sabio, el interés en la formación de profesionales de la salud del grado de Enfermería, y el
fomento de actividades que contribuyan a un mejor desarrollo del conocimiento, no solo de
las profesiones sanitarias, sino también de aquellas otras de cuyo buen hacer y adecuado soporte depende, en buena medida, el funcionamiento de los centros sanitarios.
Por los motivos expuestos las partes acuerdan suscribir el presente Convenio con base
en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto de este Convenio es establecer los términos y condiciones que regirán la relación entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Alfonso X el Sabio para la formación práctico clínica de
la enseñanza del grado de Enfermería que imparte dicha universidad.
Segunda
Centros y servicios sanitarios adscritos al Convenio

Tercera
Procedimiento para la determinación del número de alumnos
1. Al inicio de cada curso académico, la Universidad deberá aportar a la Dirección
General con competencias en formación de la Consejería de Sanidad y a la Comisión Mixta de Seguimiento y Coordinación de este Convenio, el detalle del número de alumnos matriculados por curso y grado que realizarán prácticas durante dicho curso académico, inclu-

BOCM-20210412-17

1. La Consejería de Sanidad y el SERMAS ponen a disposición de la Universidad, a
efectos docentes de la práctica clínica, los centros y servicios sanitarios que se especifican
en el Anexo I.
2. La distribución de los alumnos se adaptará a la capacidad estructural y de soporte
de los centros asistenciales, debiendo respetar la Universidad el número máximo de alumnos que se establezca en cada uno de ellos para cada curso académico.
3. Correrá de cuenta de la Universidad la dotación de los recursos materiales suficientes,
complementarios de los existentes en los centros sanitarios, e inversiones en infraestructuras
vinculadas a la docencia, necesarios para llevar a cabo las actividades prácticas docentes. En caso
de extinción del presente Convenio, la titularidad del material inventariable adscrito a tales fines,
así como las inversiones sobre infraestructuras realizadas, revertirán en la Consejería de Sanidad.