D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210412-18)
Convenio –  Convenio de colaboración de 24 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, el ente público Hospital de Fuenlabrada, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón y la Universidad Europea de Madrid, para la formación práctico clínica de los alumnos del grado de Enfermería
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 86

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021

Pág. 233

CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto de este convenio es establecer los términos y condiciones que regirán la relación entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, el Ente Público Hospital de Fuenlabrada, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón y la Universidad Europea de Madrid para la formación práctica de la
enseñanza del grado de Enfermería que imparte dicha Universidad.
Segunda
Centros y servicios sanitarios adscritos al convenio
1. La Consejería de Sanidad, el SERMAS, el Ente Público Hospital de Fuenlabrada
y el Hospital Universitario Fundación Alcorcón ponen a disposición de la Universidad, a
efectos docentes de la práctica clínica, los centros y servicios sanitarios que se especifican
en el anexo I.
2. La distribución de los alumnos se adaptará a la capacidad estructural y de soporte
de los centros asistenciales, debiendo respetar la Universidad el número máximo de alumnos que se establezca en cada uno de ellos para cada curso académico.
3. Correrá de cuenta de la Universidad la dotación de los recursos materiales suficientes, complementarios de los existentes en los centros sanitarios, e inversiones en infraestructuras vinculadas a la docencia, necesarios para llevar a cabo las actividades prácticas docentes. En caso de extinción del presente convenio, la titularidad del material
inventariable adscrito a tales fines, así como las inversiones sobre infraestructuras realizadas, revertirán en el titular de la instalación afectada.
Tercera
Procedimiento para la determinación del número de alumnos
1. Al inicio de cada curso académico, la Universidad deberá aportar a la Dirección
General con competencias en formación de la Consejería de Sanidad y a la Comisión Mixta de Seguimiento y Coordinación de este convenio, el detalle del número de alumnos matriculados por curso y grado que realizarán prácticas durante dicho curso académico, incluyendo el calendario detallado por asignatura, créditos y número de horas prácticas que
desarrollarán en los centros sanitarios correspondientes.
2. Igualmente deberá aportar a cada uno de los centros sanitarios adscritos a este convenio, el detalle del número de alumnos matriculados por curso que realizarán prácticas en
dichos centros, que no podrá ser superior, en su caso, al número de plazas autorizadas por
la Conferencia General de Política Universitaria, y a la distribución determinada, en cada
centro, por la Consejería de Sanidad y el titular de dichos centros. Asimismo, deberá aportar el calendario detallado que regirá la estancia de los alumnos en cada centro.
Cuarta
1. Las partes detallarán el número de profesionales de los centros asistenciales contemplados en el presente convenio, que colaborarán como tutores clínicos para cada curso
académico, en función de la distribución de alumnos y del número de créditos de la enseñanza a impartir.
2. Su designación se realizará por la Comisión Mixta de Seguimiento y Coordinación, a propuesta de la Universidad y del centro sanitario y tendrán como funciones:
— Apoyar en la distribución y organización de las actividades docentes de los estudiantes de las diferentes unidades y/o servicios de acuerdo con la programación.
— Procurar que el alumno se integre de manera gradual y activa en las áreas donde
desarrolla su actividad, siguiendo las fases de observación, participación e integración.
— Lograr que los alumnos mantengan hábitos correctos en cuanto a disciplina, puntualidad, uniformidad, limpieza y cuantas necesidades deriven de las exigencias
de cada unidad.

BOCM-20210412-18

Personal docente