D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210412-18)
Convenio –  Convenio de colaboración de 24 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, el ente público Hospital de Fuenlabrada, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón y la Universidad Europea de Madrid, para la formación práctico clínica de los alumnos del grado de Enfermería
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 86

les de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del
personal de la Consejería de Sanidad (artículo 9.c) del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.
Segundo
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
Tercero
Que el Ente Público Hospital de Fuenlabrada tiene entre sus objetivos, el de desarrollar los programas de formación y docencia que, en el ámbito del sistema sanitario público,
se incardinen en su actuación, así como los de investigación, que, orientados a la promoción de la salud y la prestación de asistencia sanitaria, resulten acordes con las líneas generales que, al respecto, establezca la Consejería de Sanidad, tal y como se recoge en el artículo 5.c) de sus estatutos.
Cuarto
Que el Hospital Universitario Fundación Alcorcón tiene entre sus fines fundacionales, la
docencia referida a las ciencias de la salud, así como las actividades de investigación, estudio
y divulgación relacionadas con las mismas, colaborando con la universidad y demás instituciones competentes en esta materia, según lo dispuesto en el artículo 6.1.c) de sus Estatutos.
Quinto
Que la Universidad Europea de Madrid, es una universidad privada reconocida legalmente por Ley 24/1995, de 17 de julio, y tiene entre sus fines, el de acercar la formación
universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con instituciones externas, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos adquiridos.
Sexto
Que para atender al objetivo de adecuación entre la función docente de la Universidad y
la función asistencial de las instituciones sanitarias establecido por la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades y por las Leyes 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y LOSCAM, las universidades, conforme a lo dispuesto en el apartado a) del punto 1.o del
Anexo II, del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros sanitarios, deben garantizar en las enseñanzas de Medicina, Enfermería y Fisioterapia, la disponibilidad de un hospital y tres centros de atención primaria (de titularidad pública o privada) con base en un convenio en el
caso de las universidades privadas. Dichas instituciones sanitarias tendrán que reunir los requisitos que se establezcan de forma conjunta entre los ministerios con competencias en
materia de sanidad y de universidades.

Que la Consejería de Sanidad, el SERMAS, el Ente Público Hospital de Fuenlabrada y
el Hospital Universitario Fundación Alcorcón comparten, por tanto, con la Universidad
Europea de Madrid, el interés en la formación de profesionales de la salud del grado de Enfermería, y el fomento de actividades que contribuyan a un mejor desarrollo del conocimiento, no sólo de las profesiones sanitarias, sino también de aquellas otras de cuyo buen hacer y
adecuado soporte depende, en buena medida, el funcionamiento de los centros sanitarios.
Por los motivos expuestos las partes acuerdan suscribir el presente convenio con base
en las siguientes

BOCM-20210412-18

Séptimo