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Convenio –  Convenio de 17 de marzo de 2021, entre el Ministerio de Sanidad y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, sobre la adhesión al uso de la aplicación “Radar COVID”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 86

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Sanidad
16

CONVENIO de 17 de marzo de 2021, entre el Ministerio de Sanidad y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, sobre la adhesión al uso
de la aplicación “Radar COVID”.
En Madrid, a 17 de marzo de 2021.
REUNIDOS

De una parte, don Juan Jesús Torres Carbonell, Secretario General de Administración
Digital, nombrado por Real Decreto 564/2020, de 9 de junio, en virtud de la delegación de
competencias otorgada por el Ministro de Sanidad por medio del Acuerdo de 9 de octubre
de 2020 entre el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (Secretaría
de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial) y el Ministerio de Sanidad acerca de
la aplicación “Radar COVID”, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 15 de octubre de 2020 por medio de Resolución del Subsecretario de Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática, de 13 de octubre de 2020.
Y de otra parte, don Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad, de la Comunidad
de Madrid, nombrado mediante el Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
y en el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ambos intervienen en uso de las facultades que, de conformidad con la normativa vigente, les confieren los cargos que desempeñan y se reconocen mutuamente capacidad para
la firma del presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que la evolución de la emergencia sanitaria ocasionada por la COVID-19, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer
frente a esta coyuntura. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin
duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado
número de ciudadanos afectados como por el extraordinario riesgo para sus derechos. Por
ello, en el marco de la emergencia sanitaria se encuadran las acciones decididas por las Administraciones Públicas, para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la
progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Real Decreto 735/2020, de 4 de
agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, la
Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud es el órgano directivo del Ministerio de Sanidad al que, bajo la superior dirección de la
persona titular del Departamento, corresponde abordar los proyectos de modernización, innovación, mejora y transformación del Sistema Nacional de Salud.
Tercero
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2.a) del Real Decreto 735/2020, de 4
de agosto, la Dirección General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Siste-

BOCM-20210412-16

Segundo