Collado Villalba (BOCM-20210409-45)
Urbanismo. Modificación puntual PGOU
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 84

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021

Pág. 259

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45

COLLADO VILLALBA
URBANISMO

Por acuerdo de 12 de junio de 2018, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, se aprobó definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación
Urbana de Collado Villalba, relativa a la Ampliación de los Usos compatibles con el Uso
característico Dotacional, con las siguientes determinaciones urbanísticas:
Determinaciones de la Modificación
La Modificación Puntual tendrá incidencia única y exclusivamente a la incorporación
del Uso: Servicios Públicos dentro de los Usos Compatibles sin limitaciones del Uso característico Dotacional, incluido en el Capítulo 5.1. El PGOU, en el Capítulo 5.1. Condiciones
de Uso, clasifica por la idoneidad para la localización de los usos en:
— Uso Característico.
— Uso Compatible.
— Uso Complementario Obligado.
— Uso Prohibido.
Se define el Uso Característico, en el artículo 5.1.1.2 del PGOU, como aquel “(…) de
implantación predominante en términos de la intensidad asignada por el PG en una determinada zona del territorio. Al menos el 50 por 100 del aprovechamiento lucrativo de cada
parcela deberá asignarse al uso característico previsto por el Plan, salvo que la Ordenanza
de aplicación o la definición del Uso Característico en el epígrafe 5.1.3 siguiente admitan
otro porcentaje mayor o menor para usos compatibles (…)”.
El Uso Característico se identifica con el Uso global en la terminología de la Ley de
Suelo de la Comunidad de Madrid, que en base a su artículo 38.1 define como aquel destino funcional que el planeamiento urbanístico atribuye a un suelo en relación al conjunto del
término municipal.
El Uso Compatible se define en el artículo 5.1.1.3 del PGOU como “(…) aquel de otra
actividad ajena a la propia del Uso Característico que puede coexistir con este último sin
perder ninguno de ellos las características y efectos que les son propios. Puede requerir cierta restricción de su intensidad o localización, a determinar en cada caso según las circunstancias específicas”.
En la definición del Uso Característico: Dotacional (epígrafe 6, del artículo 5.1.3) se
recoge como Usos Compatibles los siguientes:
— Como Usos Compatibles, sin limitaciones o restricciones de intensidad, es decir,
como usos alternativos que puede puntualmente sustituir al uso característico, se
contemplan: Espacios Libres y Zonas Verdes y en DC genérico cualquier otra categoría de uso Dotacional.
— Y como usos compatibles, con restricciones de intensidad (que con carácter general
no pueden superar el 50 por 100 del uso característico de una parcela), los siguientes:
d Otra categoría dotacional distinta de la que fuese específicamente asignada por
el Plan General: Permitida previa concesión de nueva licencia de uso para esa
otra categoría, que podrá denegarse si la principal se considera necesaria.
d Terciario de despacho profesional y oficinas: Permitido únicamente en plantas baja
y primera con un máximo del 50 por 100 de la superficie edificada sobre rasante.
d Terciario Comercial minorista: Solo en planta baja y con un máximo de 100 m2
por parcela.
d Terciario de Restauración y Hostelería: Con un máximo de ocupación del 30
por 100 de la superficie construida y del 30 por 100 de la parcela.
d Alojamiento Comunitario: En caso de que la dotación sea atendida por una comunidad o asociación.
d Vivienda Unifamiliar: Una por parcela para guarda de la instalación.

BOCM-20210409-45

9. Contenido de la propuesta de Modificación