Madrid número 32 (BOCM-20210409-143)
Procedimiento 91/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 84

Respecto a la PRUEBA DE INTERROGATORIO DE LA PARTE DEMANDADA
interesada en el escrito de demanda, requiérase al representante legal de la misma para que
comparezca el día de la vista oral. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos
controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para
su citación a juicio. Si tal persona no formarse parte ya de la entidad, podrá solicitarse que
se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas,
y todo ello bajo el apercibimiento de que caso de no comparecer podrán considerarse reconocidos como ciertos, en la sentencia los hechos a que se refieran las preguntas, siempre
que el interrogado hubiese intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le
resultare perjudicial en todo o en parte.
Además le será impuesta, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículo 304, en relación con art. 292.4, de la LEC).
En cuanto a la documental, queda requerida la demandada con la notificación de la presente resolución.
Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con lo
acordado.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no
sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2805-0000-00-0091-20 y para
pagos en ventanilla 2805-0000-00-0091-20.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. Mª LUISA GIL MEANA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EAT TOP SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de marzo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210409-143

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.192/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791