Colmenar Viejo (BOCM-20210409-46)
Organización y funcionamiento. Ordenanza inspección técnica edificios
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BOCM
Pág. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 84
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
COLMENAR VIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2021,
adoptó Acuerdo para la aprobación definitiva la ordenanza municipal “Informe de evaluación de edificios e inspección técnica de edificios”.
La presente Ordenanza viene a regular dos figuras establecidas por la legislación autonómica y estatal, por la cual los ciudadanos están obligados a realizar en las edificaciones de todo tipo una inspección técnica con el objetivo de hacer efectivo el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.
La presente Ordenanza viene a regular dos figuras establecidas por la legislación autonómica y estatal, por la cual los ciudadanos están obligados a realizar en las edificaciones de todo tipo una inspección técnica con el objetivo de hacer efectivo el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.
Las referidas inspecciones que están obligadas a realizar los ciudadanos sobre sus edificaciones actualmente, son en primer lugar la Inspección Técnica de Edificios (ITE), la
cual viene regulada en el art. 169 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid. Esta inspección se deberá de realizar a todo tipo de edificaciones, independientemente de su uso, que cuenten con una antigüedad superior a 30 años y con una periodicidad de carácter decenal.
Posteriormente el art. 29 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, vino a introducir el Informe de Evaluación de Edificios (IEE), una inspección más completa que además
de incluir la referida ITE, añadió al informe el cumplimiento de la normativa vigente sobre
accesibilidad universal, así como sobre el grado de eficiencia energética de los edificios.
La Comunidad de Madrid vino a regular la IEE mediante Decreto 103/2016, de 24 de
octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el informe de evaluación de los edificios en la Comunidad de Madrid y se crea el Registro Integrado Único de Informes de
Evaluación de los Edificios de la Comunidad de Madrid.
En el referido Decreto se establecieron que edificaciones eran objeto de realizar la IEE,
siendo las siguientes:
a) Los edificios de tipología vivienda residencial colectiva con una antigüedad superior a cincuenta años desde la fecha de finalización de las obras de nueva planta o
de rehabilitación con reestructuración general.
b) Los edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas con el objetivo
de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética.
c) El resto de supuestos cuando la normativa municipal establezca especialidades de aplicación del citado informe en función de su ubicación, antigüedad, protección, tipología y uso predominante, o cuando así lo determinen los Servicios Técnicos Municipales por haber detectado deficiencias en el estado de conservación de un edificio.
Por su parte, el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016 incorpora en sus Anexos el modelo de formulario
donde se detalla pormenorizadamente el contenido del informe de evaluación de edificios.
Por todo lo anterior, el Ayuntamiento de Colmenar Viejo y en uso de su capacidad de
autoorganización y con el objetivo de mejorar la gestión pública y la eficiencia administrativa, viene a regular en una sola disposición administrativa ambas figuras, clarificando a los
ciudadanos los supuestos en los que deben de realizar dichas inspecciones, así como la regulación específica de las mismas en el municipio.
BOCM-20210409-46
ORDENANZA DE INSPECCIÓN DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS
Y DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS
EN EL AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
Pág. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 84
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
COLMENAR VIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2021,
adoptó Acuerdo para la aprobación definitiva la ordenanza municipal “Informe de evaluación de edificios e inspección técnica de edificios”.
La presente Ordenanza viene a regular dos figuras establecidas por la legislación autonómica y estatal, por la cual los ciudadanos están obligados a realizar en las edificaciones de todo tipo una inspección técnica con el objetivo de hacer efectivo el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.
La presente Ordenanza viene a regular dos figuras establecidas por la legislación autonómica y estatal, por la cual los ciudadanos están obligados a realizar en las edificaciones de todo tipo una inspección técnica con el objetivo de hacer efectivo el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.
Las referidas inspecciones que están obligadas a realizar los ciudadanos sobre sus edificaciones actualmente, son en primer lugar la Inspección Técnica de Edificios (ITE), la
cual viene regulada en el art. 169 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid. Esta inspección se deberá de realizar a todo tipo de edificaciones, independientemente de su uso, que cuenten con una antigüedad superior a 30 años y con una periodicidad de carácter decenal.
Posteriormente el art. 29 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, vino a introducir el Informe de Evaluación de Edificios (IEE), una inspección más completa que además
de incluir la referida ITE, añadió al informe el cumplimiento de la normativa vigente sobre
accesibilidad universal, así como sobre el grado de eficiencia energética de los edificios.
La Comunidad de Madrid vino a regular la IEE mediante Decreto 103/2016, de 24 de
octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el informe de evaluación de los edificios en la Comunidad de Madrid y se crea el Registro Integrado Único de Informes de
Evaluación de los Edificios de la Comunidad de Madrid.
En el referido Decreto se establecieron que edificaciones eran objeto de realizar la IEE,
siendo las siguientes:
a) Los edificios de tipología vivienda residencial colectiva con una antigüedad superior a cincuenta años desde la fecha de finalización de las obras de nueva planta o
de rehabilitación con reestructuración general.
b) Los edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas con el objetivo
de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética.
c) El resto de supuestos cuando la normativa municipal establezca especialidades de aplicación del citado informe en función de su ubicación, antigüedad, protección, tipología y uso predominante, o cuando así lo determinen los Servicios Técnicos Municipales por haber detectado deficiencias en el estado de conservación de un edificio.
Por su parte, el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016 incorpora en sus Anexos el modelo de formulario
donde se detalla pormenorizadamente el contenido del informe de evaluación de edificios.
Por todo lo anterior, el Ayuntamiento de Colmenar Viejo y en uso de su capacidad de
autoorganización y con el objetivo de mejorar la gestión pública y la eficiencia administrativa, viene a regular en una sola disposición administrativa ambas figuras, clarificando a los
ciudadanos los supuestos en los que deben de realizar dichas inspecciones, así como la regulación específica de las mismas en el municipio.
BOCM-20210409-46
ORDENANZA DE INSPECCIÓN DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS
Y DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS
EN EL AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO