D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210409-28)
Convenio –  Convenio de colaboración de 24 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo CEU, para la formación práctico-clínica de los alumnos del grado de Enfermería
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 84

VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021

Pág. 93

Duodécima
Vigencia, prórroga y modificación
1. El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración de
un año. A los efectos de la suscripción digital del Convenio, se entenderá que el día de su
firma es aquel en el que el Convenio ha sido suscrito por el último de sus firmantes.
2. Podrá prorrogarse en las mismas condiciones por otro año mediante acuerdo escrito de las partes, salvo que medie denuncia expresa de alguna de las partes, formulada con
una antelación mínima de tres meses a la finalización de la vigencia del Convenio.
3. La modificación del Convenio requerirá el acuerdo unánime de las partes firmantes del mismo.
Decimotercera
Naturaleza y régimen jurídico
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sujeto a las prescripciones de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; a la
Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; a la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de
Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid y al Real Decreto 420/2015, de 29 de
mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros
sanitarios, quedando excluído de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Publico.
Decimocuarta
Controversias
Las dudas y controversias que se susciten en la aplicación e interpretación del Convenio y que no puedan ser resueltas en el seno de la Comisión Mixta, serán sometidas a la decisión los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Decimoquinta
Seguro de accidentes y responsabilidad civil
1. La Consejería de Sanidad y el SERMAS no se harán responsables de los accidentes que el alumno pudiera sufrir en el transcurso de la formación, ni de los daños ocasionados a personas o bienes durante el desarrollo de la misma.
2. Para cubrir posibles daños y responsabilidades de sus alumnos, en el transcurso
del período de formación amparado por este Convenio, la Universidad deberá tener suscrito, antes del comienzo del período de prácticas, un seguro de accidentes y de responsabilidad civil de hasta 600.000 euros, que cubra a cada uno de los alumnos que participen en
ellas, cuya póliza tenga una cobertura en la que se incluya cualquier accidente que puedan
sufrir aquellos, así como los posibles daños a terceros que dichos alumnos puedan ocasionar en el desarrollo de las prácticas. De igual manera, quedarán cubiertos los accidentes que
pudieran sufrir o las responsabilidades en las que pudieran incurrir los profesores que supervisen las prácticas.
Decimosexta
En el desarrollo de las prácticas se deberá cumplir lo previsto en la Orden SSI/81/2017,
de 19 de enero, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del
Sistema Nacional de Salud, por el que se aprueba el protocolo mediante el que se determinan pautas básicas destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente
por los alumnos y residentes en Ciencias de la Salud.
Decimoséptima
Protección de datos de carácter personal
1. Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Par-

BOCM-20210409-28

Derecho de intimidad del paciente