C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210408-21)
Expropiación –  Resolución de 30 de marzo de 2021, del Director General de Suelo, por la que se hace pública la Orden 9/2021, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de renovación de la conducción de La Jara entre la presa del Tenebroso y el depósito de La Corta”, en el término municipal de Puentes Viejas, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 393
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 83

se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación, que deberán
dirigir a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.
Conforme al artículo 14 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, para la realización
de cualquier trámite del procedimiento expropiatorio:
1. Las personas físicas interesadas podrán elegir, en todo momento, si se van a comunicar con la administración expropiante o con la entidad beneficiaria a través de medios
electrónicos o no; salvo que actúen en ejercicio de una actividad profesional para la que se
requiera colegiación obligatoria, en cuyo caso es obligatorio su uso.
2. En todo caso, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, las
personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, así como sus representantes, debidamente acreditados.
El formulario genérico podrá descargarse y tramitarse electrónicamente en el enlace correspondiente del portal institucional de la Comunidad de Madrid, https://gestionesytramites.
madrid.org
En el caso de personas físicas que no hayan optado por el uso de los medios electrónicos,
una vez impreso y completado el formulario, se remitirá a la oficina de Registro de la Consejería
de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, calle Alcalá, número 16, 28014
Madrid, preferentemente, desde cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de otras administraciones, de representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como desde las oficinas de Correos,
previo pago de la tarifa correspondiente en este último caso.
Quinto

BOCM-20210408-21

Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recurso de reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de
un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el
plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
El formulario “Recurso potestativo de reposición contra actos administrativos de la
Comunidad de Madrid que pongan fin a la vía Administrativa de la Consejería de Medio
Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad”, podrá descargarse y tramitarse
electrónicamente en el enlace correspondiente del reiterado portal institucional de la Comunidad de Madrid, conforme a lo señalado en el apartado cuarto.
Madrid, a 30 de marzo de 2021.—El Director General de Suelo, Juan José de Gracia
Gonzalo.