Torrejón de Ardoz (BOCM-20210407-77)
Urbanismo. Plan Especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 82
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021
Pág. 199
Art. 59. Condiciones de edificabilidad y aprovechamiento.—1. La superficie
máxima edificable para cada Unidad de Ordenación se establece en el Cuadro Resumen de
Características del Terciario.
2. Tanto la edificabilidad como el aprovechamiento asignados a cada Unidad de Ordenación son valores máximos. Si se produce sustitución de los usos característicos asignados a la Unidad de Ordenación por los que se consideran compatibles habrá que reajustar
la edificabilidad de la Unidad de Ordenación para no superar el máximo permitido.
3. La superficie edificable destinada a aparcamiento no computará a los efectos de
edificabilidad.
Art. 60. Condiciones estéticas.—Las alineaciones exteriores, en los casos de retranqueo de la edificación y exceptuando las puertas de acceso para personas y vehículos, se
materializarán obligatoriamente mediante muro macizo con una altura mínima de sesenta
(60) centímetros y máxima de un (1) metro, en ladrillo rojo o con tratamiento similar al de
la fachada de la edificación. El muro se rematará con celosía, metálica o de madera, y vegetación hasta una altura máxima de dos con treinta (2,30) metros.
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL TERCIARIO (USOS LUCRATIVOS)
UNIDAD DE
ORDENACIÓN
NIVEL DE USO
2
GRADO
SUPERFICIE m
EDIFICABILIDAD
INDICE m2/m2
TOTAL m2
T-1
Estación de servicio
2º
3.005
0,1664
T-2
O: Oficinas-hotelero
2º
2.865
1,7
4.870
T-3
C: Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
3º
14.780
0,50
7.390
T-4
C: Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
1º
3.080
1,00
3.080
T-5
C: Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
1º
1.880
1,00
1.880
T-6
C: Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
1º
2.310
1,00
2.310
T-7
C: Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
1º
3.290
1,00
EST
Oficinas-hotelero
21.221
3.290
5.364
Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
TOTAL
500
15.700
52.431
0,85
44.384
Frente a la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el mismo órgano que lo haya dictado en un plazo de un mes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá interponerse
directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el
día siguiente, en virtud de lo establecido en el art. 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de la interposición
de cualquier otro recurso que estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.
BOCM-20210407-77
Torrejón de Ardoz, a 5 de abril de 2021.—El alcalde, Ignacio Vázquez Casavilla.
(03/11.921/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 82
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021
Pág. 199
Art. 59. Condiciones de edificabilidad y aprovechamiento.—1. La superficie
máxima edificable para cada Unidad de Ordenación se establece en el Cuadro Resumen de
Características del Terciario.
2. Tanto la edificabilidad como el aprovechamiento asignados a cada Unidad de Ordenación son valores máximos. Si se produce sustitución de los usos característicos asignados a la Unidad de Ordenación por los que se consideran compatibles habrá que reajustar
la edificabilidad de la Unidad de Ordenación para no superar el máximo permitido.
3. La superficie edificable destinada a aparcamiento no computará a los efectos de
edificabilidad.
Art. 60. Condiciones estéticas.—Las alineaciones exteriores, en los casos de retranqueo de la edificación y exceptuando las puertas de acceso para personas y vehículos, se
materializarán obligatoriamente mediante muro macizo con una altura mínima de sesenta
(60) centímetros y máxima de un (1) metro, en ladrillo rojo o con tratamiento similar al de
la fachada de la edificación. El muro se rematará con celosía, metálica o de madera, y vegetación hasta una altura máxima de dos con treinta (2,30) metros.
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL TERCIARIO (USOS LUCRATIVOS)
UNIDAD DE
ORDENACIÓN
NIVEL DE USO
2
GRADO
SUPERFICIE m
EDIFICABILIDAD
INDICE m2/m2
TOTAL m2
T-1
Estación de servicio
2º
3.005
0,1664
T-2
O: Oficinas-hotelero
2º
2.865
1,7
4.870
T-3
C: Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
3º
14.780
0,50
7.390
T-4
C: Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
1º
3.080
1,00
3.080
T-5
C: Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
1º
1.880
1,00
1.880
T-6
C: Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
1º
2.310
1,00
2.310
T-7
C: Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
1º
3.290
1,00
EST
Oficinas-hotelero
21.221
3.290
5.364
Comercio-hostelero-ocio-espectáculos
TOTAL
500
15.700
52.431
0,85
44.384
Frente a la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el mismo órgano que lo haya dictado en un plazo de un mes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá interponerse
directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el
día siguiente, en virtud de lo establecido en el art. 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de la interposición
de cualquier otro recurso que estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.
BOCM-20210407-77
Torrejón de Ardoz, a 5 de abril de 2021.—El alcalde, Ignacio Vázquez Casavilla.
(03/11.921/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791