C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210407-16)
Convocatoria ayudas – Orden 647/2021, de 18 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se articula para el año 2021 en el ámbito de la Comunidad de Madrid la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y se convocan las solicitudes de pago de las medidas de desarrollo rural establecidas en el ámbito del Sistema Integrado de Gestión y Control cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), “Solicitud Única”
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BOCM
Pág. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 82
DISPONGO
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1
1. La presente Orden tiene por objeto articular para el año 2021 en el ámbito de la Comunidad de Madrid la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y las solicitudes de pago de las
medidas de desarrollo rural establecidas en el ámbito del sistema integrado de gestión y control (SIGC) cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Todo ello de conformidad con el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre
la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros
regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
2. Concretamente, el objeto será:
a) Desarrollar para el año 2021 en el ámbito de la Comunidad de Madrid determinados aspectos relativos a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería regulados por el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, en relación con:
— El pago correspondiente al régimen de pago básico para los titulares de derechos de pago básico, según lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen
de pago básico de la Política Agrícola Común y de acuerdo con el Título III,
Capítulo I del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
— El pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, de acuerdo con lo establecido en el Título III, Capítulo II, del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
— El pago para jóvenes agricultores, de acuerdo con lo establecido en el Título III, Capítulo III del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
— La ayuda asociada a los productores de determinados cultivos que afronten dificultades, correspondientes a los productores de arroz, cultivos proteicos, frutos de
cáscara, y las algarrobas, legumbres de calidad, remolacha azucarera, tomate para
la industria y la ayuda a los agricultores que produzcan algodón de conformidad
con lo establecido en el artículo 52 y 56 del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, contenidos en el
Título IV, Capítulo I del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
— La ayuda asociada a los ganaderos, contenida en el Título IV, Capítulo II del
Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, correspondientes a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas, explotaciones de ganado vacuno de
cebo, explotaciones de vacuno de leche, explotaciones de ovino, explotaciones de caprino, y explotaciones de vacuno de leche, de vacuno de cebo y de
ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen
de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
— El régimen simplificado para pequeños agricultores contenido en el Título V
del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
b) Regular la convocatoria para el año 2021, en el ámbito de la Comunidad de
Madrid, de las solicitudes de pago de las ayudas al desarrollo rural en el ámbito
del sistema SIGC incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad
de Madrid (2014/2020) (PDR-CM). Las medidas de desarrollo rural incluidas en
la Solicitud Única en 2021 son las siguientes:
— El Tipo de Operación 8.1.2 TR: "Primera forestación de tierras agrícolas, compromisos de forestación 2000-2006" de la Medida 8. “Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques.” del PDRCM: Se incluirán las solicitudes de pago correspondientes a la anualidad 2021
de las ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante la Orden 4268/2020, de 10 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 de la pri-
BOCM-20210407-16
Objeto y ámbito de aplicación
Pág. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 82
DISPONGO
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1
1. La presente Orden tiene por objeto articular para el año 2021 en el ámbito de la Comunidad de Madrid la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y las solicitudes de pago de las
medidas de desarrollo rural establecidas en el ámbito del sistema integrado de gestión y control (SIGC) cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Todo ello de conformidad con el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre
la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros
regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
2. Concretamente, el objeto será:
a) Desarrollar para el año 2021 en el ámbito de la Comunidad de Madrid determinados aspectos relativos a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería regulados por el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, en relación con:
— El pago correspondiente al régimen de pago básico para los titulares de derechos de pago básico, según lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen
de pago básico de la Política Agrícola Común y de acuerdo con el Título III,
Capítulo I del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
— El pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, de acuerdo con lo establecido en el Título III, Capítulo II, del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
— El pago para jóvenes agricultores, de acuerdo con lo establecido en el Título III, Capítulo III del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
— La ayuda asociada a los productores de determinados cultivos que afronten dificultades, correspondientes a los productores de arroz, cultivos proteicos, frutos de
cáscara, y las algarrobas, legumbres de calidad, remolacha azucarera, tomate para
la industria y la ayuda a los agricultores que produzcan algodón de conformidad
con lo establecido en el artículo 52 y 56 del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, contenidos en el
Título IV, Capítulo I del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
— La ayuda asociada a los ganaderos, contenida en el Título IV, Capítulo II del
Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, correspondientes a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas, explotaciones de ganado vacuno de
cebo, explotaciones de vacuno de leche, explotaciones de ovino, explotaciones de caprino, y explotaciones de vacuno de leche, de vacuno de cebo y de
ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen
de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
— El régimen simplificado para pequeños agricultores contenido en el Título V
del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
b) Regular la convocatoria para el año 2021, en el ámbito de la Comunidad de
Madrid, de las solicitudes de pago de las ayudas al desarrollo rural en el ámbito
del sistema SIGC incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad
de Madrid (2014/2020) (PDR-CM). Las medidas de desarrollo rural incluidas en
la Solicitud Única en 2021 son las siguientes:
— El Tipo de Operación 8.1.2 TR: "Primera forestación de tierras agrícolas, compromisos de forestación 2000-2006" de la Medida 8. “Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques.” del PDRCM: Se incluirán las solicitudes de pago correspondientes a la anualidad 2021
de las ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante la Orden 4268/2020, de 10 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 de la pri-
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Objeto y ámbito de aplicación