D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210330-26)
Convenio – Convenio de colaboración de 8 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y Microsoft Ibérica, S. R. L., para mejorar la competencia digital en el ámbito educativo con el entorno Office 365
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 30 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 75
de Servicios Profesionales a los Estados Unidos o a cualquier otro país en el que operen Microsoft
o sus Subencargados y para que almacene y trate los Datos de Servicios Profesionales con la
finalidad de prestar los Servicios Profesionales, sin perjuicio de las demás disposiciones de los
Términos de los Servicios Profesionales.
Todas las transmisiones de Datos de Servicios Profesionales fuera de la Unión Europea, el Espacio
Económico Europeo, Reino Unido y Suiza para proporcionar los Servicios Profesionales se regirán
por las Cláusulas Contractuales Tipo que se encuentran en el Anexo 2.
Microsoft cumplirá con los requisitos establecidos por las leyes sobre protección de datos del
Espacio Económico Europeo y de Suiza en relación con la recopilación, utilización, transmisión,
retención y otras actividades de tratamiento de los Datos Personales procedentes del Espacio
Económico Europeo, Reino Unido y Suiza. Todas las transmisiones de Datos Personales a un tercer
país o a una organización internacional estarán sujetas a las garantías pertinentes según lo descrito
en el Artículo 46 del RGPD y dichas transmisiones y garantías estarán documentadas de
conformidad con el Artículo 30(2) del RGPD.
Además, Microsoft posee certificación en virtud de los marcos de Escudo de la Privacidad entre
Unión Europea y Estados Unidos y entre Suiza y Estados Unidos, y los compromisos que conllevan,
aunque Microsoft no se basa en el marco de Escudo de la Privacidad UE-EE. UU. como base jurídica
para las transferencias de Datos Personales a la luz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la
UE en el caso C-311/18. Microsoft se compromete a notificar al Cliente si se determina que ya no
puede seguir cumpliendo con su obligación de proporcionar el mismo nivel de protección que
requieren los principios del Escudo de la Privacidad.
Eliminación o devolución de datos
Microsoft deberá eliminar o devolver todas las copias de Datos de Servicios Profesionales una vez
queden satisfechas las finalidades comerciales para las que se recopilaron o transmitieron los Datos
de Servicios Profesionales, o antes si así lo solicita el Cliente, salvo que Microsoft tenga obligación
o permiso de la ley aplicable, o tenga autorización en virtud de este DPA, para conservar esos datos.
Compromiso de confidencialidad como encargado del tratamiento
Microsoft se asegurará de que su personal involucrado en el tratamiento de los Datos de Servicios
Profesionales (i) únicamente tratará tales datos según las instrucciones del Cliente o según se
describe en estos Términos de los Servicios Profesionales, y (ii) tendrá la obligación de mantener la
confidencialidad y seguridad de tales datos, incluso tras cesar dichas personas en sus funciones.
Microsoft llevará a cabo actividades periódicas y obligatorias de formación y concienciación sobre la
seguridad y privacidad de los datos para sus empleados con acceso a Datos de Servicios
Profesionales de acuerdo con la Normativa sobre Protección de Datos y los estándares del sector
aplicables.
Notificaciones y controles sobre el uso de Subencargados
Microsoft podrá contratar a Subencargados para que presten ciertos servicios limitados o auxiliares
por cuenta de Microsoft. El Cliente consiente esta contratación, así como a la designación de las
Filiales de Microsoft como Subencargados. Estas autorizaciones constituirán el consentimiento
previo y por escrito del Cliente para la subcontratación por parte de Microsoft del tratamiento de los
Datos de Servicios Profesionales en la medida que dicho consentimiento sea necesario en virtud de
las Cláusulas Contractuales Tipo o de los Términos del RGPD.
Microsoft es responsable de que los Subencargados que tratan Datos de Servicios Profesionales
cumplan las obligaciones que Microsoft asume en el Anexo 1 del DPA. Microsoft se asegurará, a
través de un contrato por escrito, de que el Subencargado solamente pueda acceder a, y utilizar, los
Datos de Servicios Profesionales con la única finalidad de prestar los servicios que Microsoft le ha
contratado, prohibiéndole utilizar los Datos de Servicios Profesionales para cualquier otra finalidad.
Microsoft se asegurará de que los Subencargados se obliguen, mediante contratos por escrito, a
proporcionar, al menos, el mismo nivel de protección de datos que se exige a Microsoft en los
presentes Términos de los Servicios Profesionales. Microsoft se compromete a supervisar a los
Subencargados para asegurarse de que se cumplan estas obligaciones contractuales.
BOCM-20210330-26
Pág. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 75
de Servicios Profesionales a los Estados Unidos o a cualquier otro país en el que operen Microsoft
o sus Subencargados y para que almacene y trate los Datos de Servicios Profesionales con la
finalidad de prestar los Servicios Profesionales, sin perjuicio de las demás disposiciones de los
Términos de los Servicios Profesionales.
Todas las transmisiones de Datos de Servicios Profesionales fuera de la Unión Europea, el Espacio
Económico Europeo, Reino Unido y Suiza para proporcionar los Servicios Profesionales se regirán
por las Cláusulas Contractuales Tipo que se encuentran en el Anexo 2.
Microsoft cumplirá con los requisitos establecidos por las leyes sobre protección de datos del
Espacio Económico Europeo y de Suiza en relación con la recopilación, utilización, transmisión,
retención y otras actividades de tratamiento de los Datos Personales procedentes del Espacio
Económico Europeo, Reino Unido y Suiza. Todas las transmisiones de Datos Personales a un tercer
país o a una organización internacional estarán sujetas a las garantías pertinentes según lo descrito
en el Artículo 46 del RGPD y dichas transmisiones y garantías estarán documentadas de
conformidad con el Artículo 30(2) del RGPD.
Además, Microsoft posee certificación en virtud de los marcos de Escudo de la Privacidad entre
Unión Europea y Estados Unidos y entre Suiza y Estados Unidos, y los compromisos que conllevan,
aunque Microsoft no se basa en el marco de Escudo de la Privacidad UE-EE. UU. como base jurídica
para las transferencias de Datos Personales a la luz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la
UE en el caso C-311/18. Microsoft se compromete a notificar al Cliente si se determina que ya no
puede seguir cumpliendo con su obligación de proporcionar el mismo nivel de protección que
requieren los principios del Escudo de la Privacidad.
Eliminación o devolución de datos
Microsoft deberá eliminar o devolver todas las copias de Datos de Servicios Profesionales una vez
queden satisfechas las finalidades comerciales para las que se recopilaron o transmitieron los Datos
de Servicios Profesionales, o antes si así lo solicita el Cliente, salvo que Microsoft tenga obligación
o permiso de la ley aplicable, o tenga autorización en virtud de este DPA, para conservar esos datos.
Compromiso de confidencialidad como encargado del tratamiento
Microsoft se asegurará de que su personal involucrado en el tratamiento de los Datos de Servicios
Profesionales (i) únicamente tratará tales datos según las instrucciones del Cliente o según se
describe en estos Términos de los Servicios Profesionales, y (ii) tendrá la obligación de mantener la
confidencialidad y seguridad de tales datos, incluso tras cesar dichas personas en sus funciones.
Microsoft llevará a cabo actividades periódicas y obligatorias de formación y concienciación sobre la
seguridad y privacidad de los datos para sus empleados con acceso a Datos de Servicios
Profesionales de acuerdo con la Normativa sobre Protección de Datos y los estándares del sector
aplicables.
Notificaciones y controles sobre el uso de Subencargados
Microsoft podrá contratar a Subencargados para que presten ciertos servicios limitados o auxiliares
por cuenta de Microsoft. El Cliente consiente esta contratación, así como a la designación de las
Filiales de Microsoft como Subencargados. Estas autorizaciones constituirán el consentimiento
previo y por escrito del Cliente para la subcontratación por parte de Microsoft del tratamiento de los
Datos de Servicios Profesionales en la medida que dicho consentimiento sea necesario en virtud de
las Cláusulas Contractuales Tipo o de los Términos del RGPD.
Microsoft es responsable de que los Subencargados que tratan Datos de Servicios Profesionales
cumplan las obligaciones que Microsoft asume en el Anexo 1 del DPA. Microsoft se asegurará, a
través de un contrato por escrito, de que el Subencargado solamente pueda acceder a, y utilizar, los
Datos de Servicios Profesionales con la única finalidad de prestar los servicios que Microsoft le ha
contratado, prohibiéndole utilizar los Datos de Servicios Profesionales para cualquier otra finalidad.
Microsoft se asegurará de que los Subencargados se obliguen, mediante contratos por escrito, a
proporcionar, al menos, el mismo nivel de protección de datos que se exige a Microsoft en los
presentes Términos de los Servicios Profesionales. Microsoft se compromete a supervisar a los
Subencargados para asegurarse de que se cumplan estas obligaciones contractuales.
BOCM-20210330-26
Pág. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID