Paracuellos de Jarama (BOCM-20210329-62)
Organización y funcionamiento. Reglamento Policía Local
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MARZO DE 2021
Pág. 241
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única.—Quedan derogadas cuantas órdenes, circulares, instrucciones, normativas y
demás disposiciones de carácter interno de igual o inferior rango que se opongan a lo preceptuados en el presente Reglamento.
DISPOSICIONES FINALES
BOCM-20210329-62
Primera.—A la entrada en vigor de este Reglamento se constituirá un órgano de interpretación, vigilancia y cumplimiento del mismo.
Este Órgano estará integrado por un representante cada una de las Secciones Sindicales legalmente constituidas y con representación en la Policía Local, y los miembros de la
Corporación que ella misma designe.
Segunda.—Se faculta al Jefe del Cuerpo de Policía Local, a dictar las instrucciones y
circulares precisas, para la aplicación y debida ejecución de los establecido en este Reglamento.
Tercera.—El presente Reglamento, de conformidad con lo previsto en el artículo 70
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, entrará en vigor
una vez se haya publicado su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
y transcurrido el plazo de quince días previsto en el artículo 65 del mismo texto legal.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Paracuellos de Jarama, a 16 de marzo de 2021.—El alcalde, Jorge Alberto Campos
Astrua.
(03/9.585/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MARZO DE 2021
Pág. 241
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única.—Quedan derogadas cuantas órdenes, circulares, instrucciones, normativas y
demás disposiciones de carácter interno de igual o inferior rango que se opongan a lo preceptuados en el presente Reglamento.
DISPOSICIONES FINALES
BOCM-20210329-62
Primera.—A la entrada en vigor de este Reglamento se constituirá un órgano de interpretación, vigilancia y cumplimiento del mismo.
Este Órgano estará integrado por un representante cada una de las Secciones Sindicales legalmente constituidas y con representación en la Policía Local, y los miembros de la
Corporación que ella misma designe.
Segunda.—Se faculta al Jefe del Cuerpo de Policía Local, a dictar las instrucciones y
circulares precisas, para la aplicación y debida ejecución de los establecido en este Reglamento.
Tercera.—El presente Reglamento, de conformidad con lo previsto en el artículo 70
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, entrará en vigor
una vez se haya publicado su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
y transcurrido el plazo de quince días previsto en el artículo 65 del mismo texto legal.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Paracuellos de Jarama, a 16 de marzo de 2021.—El alcalde, Jorge Alberto Campos
Astrua.
(03/9.585/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791