B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO (BOCM-20210329-27)
Convocatoria puesto –  Orden 196/2021, de 1 de marzo, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo de carrera de naturaleza laboral denominado “Encargado de Servicios Generales”, Grupos IV y V, Área B, Oficios y Servicios Generales, NRPC 4, sistema de provisión selección objetiva
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 74

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MARZO DE 2021

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de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69
de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Firmado en Madrid, a 1 de marzo de 2021.—La Consejera de Cultura y Turismo, P. D.
(Orden 102/2020, de 12 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 24 de febrero), la Secretaria General Técnica, María José Barrero García.
Datos del puesto
NPT: 78.077.
Denominación: Encargado de Servicios Generales.
Unidad orgánica: Consejería de Cultura y Turismo. Secretaría General Técnica. Subdirección General de Análisis y Organización.
Grupos: IV y V.
Categoría: Técnico Auxiliar/Encargado III a extinguir/Ayudante de Control y Mantenimiento a extinguir/Auxiliar de Control e Información, Personal Auxiliar de Servicios.
NRPC: 4.
Área de Actividad: B. Oficios y Servicios Generales.
Retribuciones: 23.601,14 euros.
Turno: Mañana.
Sistema de provisión: Selección Objetiva.

Méritos específicos
— Organización y coordinación del personal de servicios generales (Auxiliares de
Control e Información, Personal Auxiliar de Servicios u otras categorías profesionales del nivel I y II): 0,20 puntos por año, con un máximo de 2 puntos.
— Colaboración en la planificación de las tareas de servicios generales: 0,20 puntos
por año, con un máximo de 1 punto.
— Colaboración con el personal de mantenimiento para la realización de actividades
de servicios generales: 0,20 puntos por año, con un máximo de 1 punto.
La puntuación máxima en este apartado será de 4 puntos.

BOCM-20210329-27

Méritos generales
— Antigüedad: 0,10 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 3
puntos.
— Formación: Los cursos se valorarán, según su duración, con un máximo de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:
d De veinte a treinta horas de duración o más de un mes: 0,20 puntos.
d De treinta y una a setenta horas de duración o más de dos meses: 0,40 puntos.
d De setenta y una a ciento cincuenta horas de duración o más de cuatro meses:
0,80 puntos.
d De ciento cincuenta y una a trescientas horas de duración o más de seis meses:
1,40 puntos.
d De trescientas una o más horas de duración: 2 puntos.
En el supuesto de que en el curso quede acreditada la asistencia, pero no el aprovechamiento la puntuación se reducirá a la mitad.
— Experiencia profesional previa: Se valorará con un máximo de 3 puntos, conforme
al siguiente baremo:
d En la/s categoría/s a las que hace referencia la convocatoría, por actividad desempeñada de forma remunerada, en cualquier Centro sometido al ámbito territorial y personal del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, en el resto de las Administraciones Públicas españolas, de
la Unión Europea o de los Estados con los que la Unión Europea haya celebrado Tratados Internacionales ratificados por España en los que sea aplicable la
libre circulación de trabajadores: 0,20 puntos por año.
La puntuación máxima en este apartado será de 8 puntos.