D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210327-3)
Convenio – Convenio específico de 11 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Aladina, para la decoración de la Unidad de Medicina Nuclear Infantil y de Adultos de la planta sótano del edificio general del Hospital Universitario “12 de Octubre”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 73
SÁBADO 27 DE MARZO DE 2021
Pág. 23
Madrid, a 11 de marzo de 2021.—Por la Comunidad de Madrid: El Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero.—Por el Servicio Madrileño de Salud: El Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Director General del Servicio Madrileño de Salud, Juan Jorge González Armengol.—Por la Fundación Aladina: La Secretaria, Belén de Lis López.
ANEXO I
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTUACIONES DEL PROYECTO
DE COLABORACIÓN DE LA FUNDACIÓN ALADINA
CON EL HOSPITAL “12 DE OCTUBRE”
Este proyecto de colaboración consiste en la decoración de la Unidad de Medicina Nuclear Infantil y de Adultos con el objetivo de humanizar dicho espacio para incrementar el
bienestar de todos los pacientes y el personal sanitario.
Los trabajos que se llevarán a cabo serán los siguientes:
— Instalación de paneles de PVC en las paredes de dos despachos médicos y un pasillo.
— Donación de cuatro camillas.
El importe de esta actuación se estima en 2.470 euros (IVA incluido).
Los trabajos podrán empezar desde el día siguiente a la firma de este convenio y se estima que tendrán una duración de cuatro días.
ANEXO II
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN
SIN ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Con base en el presente Convenio específico, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la Fundación Aladina acuerdan, con arreglo a la información creada y suministrada entre las partes, las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Confidencialidad
La creación e intercambio de cualquier tipo de información como consecuencia de la
ejecución del Convenio, no implica un tratamiento de datos de carácter personal propiedad
de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por lo que se prohíbe a la Fundación Aladina el acceso y tratamiento a dichos datos. La Fundación Aladina se compromete
a informar a su personal de esta prohibición y de guardar el debido secreto y confidencialidad con respecto a la información confidencial a la que accediese por error o de manera accidental.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes se comprometen a guardar secreto con respecto a
la información confidencial a la que tengan acceso como consecuencia del presente Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; y la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Segunda
Las partes informan a los representantes firmantes del presente Convenio de que sus
datos de carácter personal van a ser tratados con la finalidad estipulada en el Convenio,
siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, el cargo que ostentan, número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el mantenimiento y cumplimiento del convenio. Las partes se comunicarán mutuamente la identidad
de sus Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho nombramiento les sea de
aplicación.
BOCM-20210327-3
Deber de información mutuo
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 73
SÁBADO 27 DE MARZO DE 2021
Pág. 23
Madrid, a 11 de marzo de 2021.—Por la Comunidad de Madrid: El Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero.—Por el Servicio Madrileño de Salud: El Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Director General del Servicio Madrileño de Salud, Juan Jorge González Armengol.—Por la Fundación Aladina: La Secretaria, Belén de Lis López.
ANEXO I
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTUACIONES DEL PROYECTO
DE COLABORACIÓN DE LA FUNDACIÓN ALADINA
CON EL HOSPITAL “12 DE OCTUBRE”
Este proyecto de colaboración consiste en la decoración de la Unidad de Medicina Nuclear Infantil y de Adultos con el objetivo de humanizar dicho espacio para incrementar el
bienestar de todos los pacientes y el personal sanitario.
Los trabajos que se llevarán a cabo serán los siguientes:
— Instalación de paneles de PVC en las paredes de dos despachos médicos y un pasillo.
— Donación de cuatro camillas.
El importe de esta actuación se estima en 2.470 euros (IVA incluido).
Los trabajos podrán empezar desde el día siguiente a la firma de este convenio y se estima que tendrán una duración de cuatro días.
ANEXO II
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN
SIN ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Con base en el presente Convenio específico, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la Fundación Aladina acuerdan, con arreglo a la información creada y suministrada entre las partes, las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Confidencialidad
La creación e intercambio de cualquier tipo de información como consecuencia de la
ejecución del Convenio, no implica un tratamiento de datos de carácter personal propiedad
de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por lo que se prohíbe a la Fundación Aladina el acceso y tratamiento a dichos datos. La Fundación Aladina se compromete
a informar a su personal de esta prohibición y de guardar el debido secreto y confidencialidad con respecto a la información confidencial a la que accediese por error o de manera accidental.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes se comprometen a guardar secreto con respecto a
la información confidencial a la que tengan acceso como consecuencia del presente Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; y la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Segunda
Las partes informan a los representantes firmantes del presente Convenio de que sus
datos de carácter personal van a ser tratados con la finalidad estipulada en el Convenio,
siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, el cargo que ostentan, número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el mantenimiento y cumplimiento del convenio. Las partes se comunicarán mutuamente la identidad
de sus Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho nombramiento les sea de
aplicación.
BOCM-20210327-3
Deber de información mutuo