San Sebastián de los Reyes (BOCM-20210326-57)
Organización y funcionamiento. Ordenanza administración electrónica
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 72

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021

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TÍTULO SEGUNDO
Del régimen jurídico de la Administración Electrónica
Capítulo I
De la Sede Electrónica
Art. 10. La Sede Electrónica.—1. La Sede Electrónica https://sede.ssreyes.es
(aprobada por decreto de la Concejalía de Innovación tecnológica 2410/2014, de 17 de junio) es la dirección electrónica que actúa como punto de acceso a aquellos servicios del
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes que requieren identificación o autenticación
por parte de los ciudadanos o de la Administración
2. El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes y los diferentes organismos públicos del mismo velarán por la integridad, veracidad, actualización de la información y los
servicios a los que pueda accederse a través de su Sede Electrónica.
3. La Sede Electrónica se establecerá con sujeción a los principios de publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad. Se garantizará, en todo caso, la identificación del titular de la sede, así como la disponibilidad de medios para la formulación de sugerencias y quejas.
4. Para el acceso a través de las redes de telefonía móvil se usará la misma dirección
electrónica de sede.
5. La publicación en la Sede Electrónica de titularidad del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes y de sus organismos públicos, de informaciones, servicios y transacciones respetará los principios de accesibilidad y usabilidad, de acuerdo con las normas establecidas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de uso
generalizado por la ciudadanía.
6. En caso de modificarse la actual dirección, se establecerá a través de resolución
del órgano competente la dirección de la Sede Electrónica de la Administración Municipal.
7. La Sede Electrónica estará disponible en castellano, pudiendo incluirse informaciones en otros idiomas cuando ello se considere de interés general.
Art. 11. Publicación electrónica del tablón de anuncios o edictos.—1. El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes publicará en su tablón electrónico de anuncios o
edictos los actos y comunicaciones que, en virtud del procedimiento administrativo, norma
jurídica o resolución judicial, deban incluirse. El tablón electrónico complementará al tablón físico actual.

2. El tablón electrónico de anuncios estará disponible en la Sede Electrónica de la
Administración Municipal las 24 horas del día, todos los días del año. Cuando por razones
técnicas se prevea que el tablón electrónico pueda no estar operativo, se deberá informar de
ello a los usuarios con la máxima antelación posible, indicando los medios alternativos de
consulta del tablón que estén disponibles.
3. El tablón electrónico de edictos dispondrá de los sistemas y mecanismos que garanticen la autenticidad, la integridad y la conservación de su contenido, en los términos
previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (o normativa que la sustituya). En especial, a los efectos del
cómputo de los plazos que corresponda, se establecerá el mecanismo que garantice la constatación de la fecha y hora de publicación de los edictos.

BOCM-20210326-57

El tablón electrónico de anuncios se podrá consultar a través de la Sede Electrónica.
En todo caso, se garantizará el acceso de toda la ciudadanía y la ayuda necesaria para su
consulta efectiva, no requiriéndose ningún mecanismo especial de acreditación de la identidad del ciudadano, salvo en los casos en que, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente se pretenda el acceso al contenido íntegro de un acto publicado someramente en el tablón de anuncios electrónico, por parte de quienes acrediten interés legítimo en el
conocimiento del mismo.