San Sebastián de los Reyes (BOCM-20210326-57)
Organización y funcionamiento. Ordenanza administración electrónica
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
Pág. 331
Como apoyo a dicha Comisión Técnica de Administración Electrónica, en el seno de
la Administración Municipal se podrán organizar equipos de trabajo cuya función sea la de
proponer modificaciones y ampliaciones en el catálogo de trámites y procedimientos electrónicos, dentro de aquellas materias que competencialmente correspondan a sus áreas de
pertenencia.
Art. 41. Implantación de la Administración Electrónica.—El Ayuntamiento de San
Sebastián de los Reyes elaborará y aprobará un Plan de Administración Electrónica que recoja todos los hitos, recursos y planificación prevista para llevar a efecto una implantación
integral de la tramitación electrónica completa de sus expedientes administrativos.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Entrada en vigor.—De conformidad con lo previsto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Segunda.—El Órgano Competente queda facultado para dictar cuantas órdenes e instrucciones resulten necesarias para la adecuada interpretación, ejecución y aplicación de
esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Disposición derogatoria única
BOCM-20210326-57
Queda derogada la anterior ordenanza de Administración Electrónica del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 63, de 15 de marzo de 2014. Esta derogación tendrá efectos desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente ordenanza.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra el precedente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses computados desde el día siguiente a la publicación
del presente acuerdo corporativo, advirtiéndole que la interposición de recurso no suspende la ejecutividad del acuerdo (art. 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
San Sebastián de los Reyes, a 11 de marzo de 2021.—El alcalde, Narciso Romero Morro.
(03/9.107/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
Pág. 331
Como apoyo a dicha Comisión Técnica de Administración Electrónica, en el seno de
la Administración Municipal se podrán organizar equipos de trabajo cuya función sea la de
proponer modificaciones y ampliaciones en el catálogo de trámites y procedimientos electrónicos, dentro de aquellas materias que competencialmente correspondan a sus áreas de
pertenencia.
Art. 41. Implantación de la Administración Electrónica.—El Ayuntamiento de San
Sebastián de los Reyes elaborará y aprobará un Plan de Administración Electrónica que recoja todos los hitos, recursos y planificación prevista para llevar a efecto una implantación
integral de la tramitación electrónica completa de sus expedientes administrativos.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Entrada en vigor.—De conformidad con lo previsto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Segunda.—El Órgano Competente queda facultado para dictar cuantas órdenes e instrucciones resulten necesarias para la adecuada interpretación, ejecución y aplicación de
esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Disposición derogatoria única
BOCM-20210326-57
Queda derogada la anterior ordenanza de Administración Electrónica del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 63, de 15 de marzo de 2014. Esta derogación tendrá efectos desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente ordenanza.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra el precedente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses computados desde el día siguiente a la publicación
del presente acuerdo corporativo, advirtiéndole que la interposición de recurso no suspende la ejecutividad del acuerdo (art. 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
San Sebastián de los Reyes, a 11 de marzo de 2021.—El alcalde, Narciso Romero Morro.
(03/9.107/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791