C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210326-18)
Convenio colectivo –  Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Siemens Rail Automation, S. A. U. (código número 28001232011982)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 78

VIERNES 26 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 72

Para los años 2015, 2016 y 2017:
DESPLAZAMIENTOS A EUROPA OCCIDENTAL (EXCEPTO ESPAÑA Y PORTUGAL)
(Anexo nº 4)
- del 1º al 7º día (ambos inclusive) día de desplazamiento
- del 8º al 14º “


“ “

- del 15º al 21º “


“ “

- más de 21 día de desplazamiento

0%
6% sueldo convenio/día.
7%


8%



DESPLAZAMIENTOS A EUROPA ORIENTAL (Anexo nº 4)
- del 1º al 7º día (ambos inclusive) día de desplazamiento
- del 8º al 14º “


“ “

- del 15º al 21º “


“ “

- más de 21 día de desplazamiento

17% sueldo convenio/día
20%


25%


28%



RESTO DEL MUNDO
- del 1º al 7º día (ambos inclusive) día de desplazamiento 37% sueldo convenio/día
- del 8º al 14º “


“ “

39%


- del 15º al 21º “


“ “

42%


- más de 21 día de desplazamiento
45%


Cualquier interrupción de la estancia superior a una semana supondrá el comienzo del
cómputo.
A partir del 1 de enero de 2018 se modifica el sistema de tablas con porcentajes,
estableciendo un plus fijo diario en euros, y desde el primer día de estancia:
DESPLAZAMIENTOS A EUROPA OCCIDENTAL (EXCEPTO ESPAÑA Y PORTUGAL)
(Anexo nº 4)
Plus pernocta (Art. 13 F) c)).
DESPLAZAMIENTOS A EUROPA ORIENTAL (Anexo nº 4)
36 euros/día.
RESTO DEL MUNDO:
54 euros/día.
RESTO DEL MUNDO – PAÍSES ESPECIALES:
70 euros/día.

Los tres importes/día (DESPLAZAMIENTOS A EUROPA ORIENTAL, RESTO DEL MUNDO
y RESTO DEL MUNDO – PAÍSES ESPECIALES) se actualizarán cada año con el mismo
porcentaje de incremento de sueldos y salarios consolidable en ese año.

BOCM-20210326-18

El carácter de PAÍSES ESPECIALES se determinará en base a una clasificación pública de
países realizada a comienzo de cada año por expertos independientes de International SOS,
en la cual el país especial es el que cumpla una de las dos siguientes condiciones: riesgo
médico alto o muy alto, o riesgo de seguridad en viajes alto o extremo. Los pluses “RESTO
DEL MUNDO” y “RESTO DEL MUNDO – PAÍSES ESPECIALES” son incompatibles.