Madrid número 34 (BOCM-20210325-165)
Procedimiento 1333/2019
2 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 334
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 71
De conformidad con los artículos 273 LEC y 4 del Real Decreto 1065/2015, de 27 de
noviembre, sobre comunicaciones electrónicas y por el que se regula el sistema Lexnet, estando las personas jurídicas obligadas a comunicarse con la Administración de Justicia a
través de canales electrónicas, obligatoriedad exigible a partir del 1 de enero de 2.017, conforme a la Disposición Final Cuarta del indicado Real Decreto, se requiere a LADEMANDANTE Y DEMANDADA, que en lo sucesivo remita sus escritos utilizando vía telemática o electrónica, bajo apercibimiento de no tenerse por presentados según lo establecido en
el artículo 273.5 LEC.
Se informa a las partes que existe en la primera planta de los Juzgados de lo Social de
Madrid, en la calle Princesa, nº 3, dentro del servicio denominado de mediación laboral intrajudicial, destinado a la orientación jurídica, servicio de mediación y orientación al que
podrán acudir las partes los Martes y Jueves de 09:00 horas a 14:00 horas, atendido por mediadores capacitados para facilitar la comunicación entre las partes del conflicto, con formación especializada y específica para intentar que se produzca una solución extrajudicial
al conflicto planteado (Teléfono 917889380, extensión 1991 y Fax 911822670).
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que
no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en
la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de
cuenta 2807-0000-61-1333-19.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez
D. ANTONIO SEOANE GARCIA
EL MAGISTRADO-JUEZ
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO EXCELTIA,
S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
En Madrid, a veinticinco de junio de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.241/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210325-165
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
Pág. 334
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 71
De conformidad con los artículos 273 LEC y 4 del Real Decreto 1065/2015, de 27 de
noviembre, sobre comunicaciones electrónicas y por el que se regula el sistema Lexnet, estando las personas jurídicas obligadas a comunicarse con la Administración de Justicia a
través de canales electrónicas, obligatoriedad exigible a partir del 1 de enero de 2.017, conforme a la Disposición Final Cuarta del indicado Real Decreto, se requiere a LADEMANDANTE Y DEMANDADA, que en lo sucesivo remita sus escritos utilizando vía telemática o electrónica, bajo apercibimiento de no tenerse por presentados según lo establecido en
el artículo 273.5 LEC.
Se informa a las partes que existe en la primera planta de los Juzgados de lo Social de
Madrid, en la calle Princesa, nº 3, dentro del servicio denominado de mediación laboral intrajudicial, destinado a la orientación jurídica, servicio de mediación y orientación al que
podrán acudir las partes los Martes y Jueves de 09:00 horas a 14:00 horas, atendido por mediadores capacitados para facilitar la comunicación entre las partes del conflicto, con formación especializada y específica para intentar que se produzca una solución extrajudicial
al conflicto planteado (Teléfono 917889380, extensión 1991 y Fax 911822670).
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que
no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en
la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de
cuenta 2807-0000-61-1333-19.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez
D. ANTONIO SEOANE GARCIA
EL MAGISTRADO-JUEZ
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO EXCELTIA,
S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
En Madrid, a veinticinco de junio de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.241/21)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.