Madrid (BOCM-20210325-41)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Organización y competencias Área Gobierno Obras y Equipamientos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 71

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Acuerdo de 11 de marzo de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por
el que se modifica el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del
Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.
El artículo 17.1.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de
Madrid se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y
Equipamientos, entre las cuales, se encuentra la oficina de accesibilidad.
Conforme a la actual distribución de competencias, las diversas y numerosas funciones que desarrolla la oficina de accesibilidad son ejercidas por una única unidad con rango
de subdirección general, entre las cuales destacan, entre otras, impulsar el trabajo coordinado, la innovación, la participación y los canales de comunicación para la promoción de
la accesibilidad en la ciudad de Madrid, coordinar con las Áreas y los Distritos el diseño y
desarrollo de estrategias relacionadas con la accesibilidad y la ejecución de actuaciones que
ofrezcan soluciones a los espacios no accesibles identificados en la ciudad, elaborar el plan
estratégico de accesibilidad para la ciudad de Madrid, así como participar en representación
del Ayuntamiento de Madrid en los proyectos europeos y foros nacionales e internacionales de accesibilidad.
Atendida la entidad y relevancia de dichas funciones, unido a que el ejercicio de las
mismas por una única subdirección general ha venido resultando claramente insuficiente,
se considera necesaria la creación de la Dirección General de Accesibilidad, a la que pasarán a depender las unidades administrativas que actualmente conforman la Oficina de Accesibilidad que pasa a denominarse Subdirección General de Accesibilidad, todo ello para
un eficaz ejercicio de las competencias en materia de accesibilidad correspondientes al
Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.
Con ello se pretende además acentuar la voluntad de impulsar la accesibilidad desde
un enfoque transversal, en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid y en otros sectores fuera
del ámbito municipal.
Asimismo, se modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos en el sentido de introducir la posibilidad de excepcionar la necesidad de que el titular de la Dirección General de Accesibilidad ostente la condición de funcionario, en atención a las características
específicas de este puesto directivo.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.h) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Obras y
Equipamientos, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en
su reunión de 11 de marzo de 2021, acuerda:
Primero.—Modificar el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, en los términos que se indican a continuación:
Uno.—En el índice, se modifica el apartado 11.o, que queda redactado en los siguientes términos:
“11.o Dirección General de Accesibilidad.
1. Competencias específicas”.

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Área de Gobierno de Vicealcaldía