B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20210325-10)
Convocatoria puesto – Resolución 295/2021, de 10 de marzo, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de selección objetiva, de puestos de carrera vacantes en el organismo
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 71
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
Pág. 49
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Políticas Sociales, Familias,
Igualdad y Natalidad
O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL
10
RESOLUCIÓN 295/2021, de 10 de marzo, del Gerente de la Agencia Madrileña
de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de selección objetiva, de puestos de carrera vacantes
en el organismo.
La Agencia Madrileña de Atención Social (en adelante AMAS), en su sistema de planificación de puestos de trabajo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 29.1.b)
del vigente Convenio Colectivo para personal laboral al servicio de la Comunidad de
Madrid 2018-2020, dispone de puestos de carrera.
Los puestos de carrera se definen como aquellos cuyo desempeño excede de las funciones asignadas a la categoría profesional, si bien comprende también estas últimas, exigiendo para ello un mayor grado de autonomía, iniciativa, responsabilidad, especial dedicación, mando o complejidad. Estos puestos constituyen el instrumento principal de la
carrera vertical.
La cobertura de los puestos de carrera, según prevé el artículo 73 del citado Convenio,
se efectuará en régimen de provisión interna, a través de los sistemas de libre designación
y de selección objetiva. Todo ello de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo recogida en el Catálogo del Anexo VI del Convenio.
La AMAS, en uso de las competencias que le están atribuidas, procede convocar para
su definitiva provisión aquellos puestos que se encuentran vacantes a esta fecha y que se
concretan en Anexo I.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de
la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva
de hombres y mujeres.
Con todo lo anterior, y de acuerdo con los artículos 74 y siguientes del Convenio,
RESUELVO
Primero
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de los puestos de carrera relacionados en el Anexo I, con las especificaciones y características indicadas en el mismo.
El régimen de desempeño de estos Puestos de Carrera, se acomodará a lo previsto por
el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo establecido en el artículo 82.2 del vigente Convenio Colectivo
del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid quien acceda a un puesto clasificado como
de selección objetiva podrá ser sujeto a remoción por causas derivadas de la amortización
del puesto de carrera o de una alteración en su contenido o en su naturaleza que modifique
los supuestos que sirvieron de base a su provisión, así como por una falta de capacidad para
su desempeño, incluso sobrevenida, manifestada en un rendimiento insuficiente que, sin
comportar inhibición, impida realizar con eficacia las funciones atribuidas al puesto.
Los efectos del cese o remoción de un puesto de carrera serán los establecidos en el artículo 83 del Convenio Colectivo citado. La remoción de un puesto de carrera comportará
el derecho a ser destinado, con carácter provisional, a un puesto de su grupo, categoría y
área de actividad de la misma consejería y en el mismo municipio. De no haber una vacante disponible en la misma consejería con las citadas características, será destinado a un
BOCM-20210325-10
Objeto de la convocatoria
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 71
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
Pág. 49
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Políticas Sociales, Familias,
Igualdad y Natalidad
O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL
10
RESOLUCIÓN 295/2021, de 10 de marzo, del Gerente de la Agencia Madrileña
de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de selección objetiva, de puestos de carrera vacantes
en el organismo.
La Agencia Madrileña de Atención Social (en adelante AMAS), en su sistema de planificación de puestos de trabajo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 29.1.b)
del vigente Convenio Colectivo para personal laboral al servicio de la Comunidad de
Madrid 2018-2020, dispone de puestos de carrera.
Los puestos de carrera se definen como aquellos cuyo desempeño excede de las funciones asignadas a la categoría profesional, si bien comprende también estas últimas, exigiendo para ello un mayor grado de autonomía, iniciativa, responsabilidad, especial dedicación, mando o complejidad. Estos puestos constituyen el instrumento principal de la
carrera vertical.
La cobertura de los puestos de carrera, según prevé el artículo 73 del citado Convenio,
se efectuará en régimen de provisión interna, a través de los sistemas de libre designación
y de selección objetiva. Todo ello de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo recogida en el Catálogo del Anexo VI del Convenio.
La AMAS, en uso de las competencias que le están atribuidas, procede convocar para
su definitiva provisión aquellos puestos que se encuentran vacantes a esta fecha y que se
concretan en Anexo I.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de
la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva
de hombres y mujeres.
Con todo lo anterior, y de acuerdo con los artículos 74 y siguientes del Convenio,
RESUELVO
Primero
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de los puestos de carrera relacionados en el Anexo I, con las especificaciones y características indicadas en el mismo.
El régimen de desempeño de estos Puestos de Carrera, se acomodará a lo previsto por
el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo establecido en el artículo 82.2 del vigente Convenio Colectivo
del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid quien acceda a un puesto clasificado como
de selección objetiva podrá ser sujeto a remoción por causas derivadas de la amortización
del puesto de carrera o de una alteración en su contenido o en su naturaleza que modifique
los supuestos que sirvieron de base a su provisión, así como por una falta de capacidad para
su desempeño, incluso sobrevenida, manifestada en un rendimiento insuficiente que, sin
comportar inhibición, impida realizar con eficacia las funciones atribuidas al puesto.
Los efectos del cese o remoción de un puesto de carrera serán los establecidos en el artículo 83 del Convenio Colectivo citado. La remoción de un puesto de carrera comportará
el derecho a ser destinado, con carácter provisional, a un puesto de su grupo, categoría y
área de actividad de la misma consejería y en el mismo municipio. De no haber una vacante disponible en la misma consejería con las citadas características, será destinado a un
BOCM-20210325-10
Objeto de la convocatoria